20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Denuncian a Mc Donald´s

Denuncian ante la Subsecretaría de Defensa de la Competencia y la Defensa del Consumidor a la cadena de comidas rápidas Mc Donald´s por información y publicidad engañosa en la promoción de sus productos. TEXTO COMPLETO

 
La Asociación Protección Consumidores del Mercado Común del Sur, (PROCONSUMER) denunció a Mc Donald´s por infracción a la ley de defensa del consumidor y defensa de la competencia al estimar que la empresa ha brindado información y publicidad engañosa, en la promoción de sus productos, destacando la “particular trascendencia e importancia” de la cuestión en razón de tratarse de alimentos ingeridos, entre otros, por niños de corta edad.

En lo medular de la presentación, y citando casos de niños de corta edad que presuntamente han sufrido la enfermedad del “síndrome urémico hemolítico” luego de haber ingerido una hamburguesa se denuncia que Mc Donald´s asegura en propagados la “correcta cocción a temperatura encima de los 71,1°C...Equipos con timers y sensores computarizados que sólo se abren después de tiempos exactos” cuando el propio Representante del Ministerio Público Fiscal, Dr. Daniel Pavlosky ha comprobado in situ que la plancha de la parrilla puede abrirse cuando el operador así lo disponga, al presionar un botón a su costado.

Asimismo dice la denunciante que en los folletos publicitarios, Mc Donald´s señala que “Por las características ganaderas de nuestro país es posible la presencia de la Bacteria Escherichia-Coli patógena (posible productora del SUH) en carnes crudas”, indicando en otras propagandas que “En McDonald’s contamos con los más rigurosos procedimientos de higiene y cocción de nuestro productos. Se trata de normas técnicas, equipamiento de última generación, entrenamiento especializado y un control riguroso de nuestros proveedores”

“De lo reseñado precedentemente surgen algunas conclusiones... por un lado la empresa denunciada admite la posible presencia de la bacteria “escherichia coli” en las carnes crudas y por otro dicen garantizar la calidad de las materias primas que comercializan y efectuar un control riguroso de sus proveedores” agregaron.

Así la entidad consideró que hubo infracción a lo dispuesto por el art. 4 de la ley de defensa del consumidor que dispone que “Quienes produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas o presten servicios, deben suministrar a los consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los mismos”.

Asimismo denuncia que se ha infringido lo prescripto en el art. 5 de dicha norma pues “las cosas y servicios deben ser suministrados o prestados en forma tal que, utilizados en condiciones previsibles o normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad física de los consumidores o usuarios”; como así también el art. 19 que señala “Quienes presten servicios de cualquier naturaleza están obligados a respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias conforme a las cuales habían sido ofrecidos, publicados o convenidos”.

Por otra parte, señala la organización que se ha violado lo dispuesto por el art. 9° de la ley 22.802 de Lealtad Comercial por el cual “queda prohibida la realización de cualquier clase de presentación, de publicidad o propaganda que mediante inexactitudes u ocultamientos pueda inducir a error, engaño o confusión respecto de las características o propiedades, naturaleza, origen, calidad, pureza, mezcla, cantidad, uso, precio, condiciones de comercialización o técnicas de producción de bienes muebles, inmuebles o servicios”.



dju / dju

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