04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

No quiso viceversa

La productora del director de cine Alejandro Agresti fue condenada a pagar a S.A.D.A.I.C. cerca de 50 mil pesos por haber utilizado piezas musicales registradas como cortina de la película “Buenos Aires Viceversa”, por las cuales no abonó los derechos y aranceles correspondientes. FALLO COMPLETO

 
La medida fue dispuesta por la sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en autos “SADAIC c/Agresti Films SRL s/Cobro de sumas de dinero” en los cuales el tribunal revocó un fallo de primera instancia que había rechazado la acción intentada por entidad que nucléa a autores y compositores.

En su manda los jueces destacaron que no estaba controvertido que S.A.D.A.I.C. estaba legitimada para la percepción de los derechos y aranceles correspondientes a los creadores de música, sino que se discutía la efectividad del contenido musical o la difusión de determinadas piezas de tal tipo de sonido en la película “Buenos Aires viceversa” realizada por Agresti Films SRL.

En primera instancia el juzgador entendió que la actora no logró probar los presupuestos fácticos de su pretensión respecto del indicado film, en cuanto a las obras musicales “Esta vez no te me escaparás” de Nieve, González, Jiménez, Macleod; “Notige” de Goldberg; y “Tres Poseídos del Alba” de Spinetta.

En sus argumentos recursivos la actora se agravió de que la sentencia recurrida no tuvo en cuenta las pruebas, ni las analizó correctamente y aseveró que la demandada no cumplió con el régimen establecido para este tipo de usuarios ya que no pagó por el uso de esas canciones.

En ese sentido, los camaristas explicaron que si bien la banda de sonido de la película dejaba “mucho que desear, por lo menos, en la versión en video acompañada como prueba”, explicaron que con sólo ver la película resulta “clara y transparente la inclusión de las obras señaladas”.

Entonces, los jueces afirmaron que no se había desvirtuado que los montos reclamados fueran “los de práctica y estilo de conformidad a la legislación vigente”, por lo cual entendieron que la suma a pagar debía ser de 43.900, pesos con más los intereses a la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina desde la mora hasta el efectivo pago. L.S



dju / dju

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