20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

No es cuento chino

Reconocimiento constitucional en China a la propiedad privada y los Derechos Humanos, en el marco de la cuarta e histórica enmienda de la Constitución dispuesta por el Parlamento de ese país.

 
Así lo resolvió el Parlamento de la República Popular China, en tanto que en la Carta Magna quedó asentado en el artículo 13 que “la propiedad privada obtenida legalmente es inviolable” y que “los bienes privados legales de los ciudadanos son inalienables”, mientras que el artículo 33 precisa que “el Estado respeta y protege los Derechos Humanos”.

En este sentido, desde el Poder Ejecutivo se manifestó la intención de reducir la aplicación de la pena de muerte ante las crecientes críticas de las cancillerías occidentales, pero sin embargo, a pesar de la nueva normativa sobre Derechos Humanos, se rechazó desde el Gobierno revisar las condenas por las protestas pro-democráticas de la Plaza Tiananmen en 1989.

Las nuevas enmiendas fueron aprobadas por el 99 por ciento de los cerca de 3 mil delegados que forman la Asamblea Nacional Popular (ANP), en el último día de la sesión parlamentaria anual, transmitida en directo por la televisión nacional. La Constitución de China, aprobada en 1982, fue reformada en 1988, 1993, 1999 y 2004, desde la conformación de la República Popular, en 1949.

Si bien parte de las reformas se decidieron en base al beneficio económico del país, ya que la propiedad privada en China creó 30 millones de puestos de trabajo en contraposición con el sector público en proceso de reestructuración, la declaración de Derechos Humanos responde a las presiones externas sobre los métodos judiciales y sus consecuencias, puesto que esta nación lidera el ranquing mundial en aplicación de la pena de muerte.

Además, en el marco de las sesiones para la reforma constitucional, la Asamblea Nacional del Pueblo -el Parlamento chino- fijó en 7 por ciento el objetivo de crecimiento de la economía para este año, y prevé un déficit de balance del 2,5 por ciento del producto bruto interno.



dju / dju
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