24 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/12/2024

Otra cautelar y van...

La justicia federal de Mar del Plata ordenó hoy a la ANSeS que no aplique el recorte del 13 por ciento dispuesto a los haberes de nueve jubilados de esa ciudad por aplicación de la ley de déficit cero.

 
El juez subrogante Daniel Vázquez argumentó que "hasta tanto no se decida el fondo de la controversia, y para evitar la eventual frustración de los derechos alegados, corresponde mantener el nivel actual de las remuneraciones que perciben los accionantes". El magistrado le dio así curso a la acción de amparo presentada días atrás por nueve jubilados, ex trabajadores del sector bancario.

Tras conocerse el fallo, la Asociación Bancaria Delegación Mar del Plata aseguró que solicitará la ampliación de la resolución a las otras jubilaciones superiores a los 500 pesos, que son las afectadas por el descuento del 13% dispuesto por la llamada Ley de Déficit Cero.

La medida de no innovar fue dictada por considerar que, "si bien no puede desconocerse la situación de Emergencia Económica en que se encuentra nuestro país, de la lectura del decreto que se cuestiona se evidencia que las medidas adoptadas para conjurar la crisis por el Poder Ejecutivo Nacional en el marco de las Leyes 23.928, 24.144, entre otras y el Decreto 896/01 impugnado, habrían sido adoptadas menoscabando los derechos patrimoniales de los jubilados".

Esta decisión judicial se suma a las que fueron dictadas por varios magistrados de distintos fueros y jurisdicciones. El viernes pasado, la juez nacional en lo laboral Sara Silva suspendió hoy los efectos de la ley de déficit cero (25.453), al hacer lugar a una medida de no innovar solicitada por la Central de los Trabajadores Argentinos (CTA), la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), la Unión de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires (Utpba) (para los empleados de Canal 7, TELAM y Radio Nacional), la Asociación del Personal Aeronáutico (APA) y el Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (Sutna). En la misma resolución, la juez declaró la inconstitucionalidad de los artículos de esa norma que prohíben a los magistrados ordenar medidas cautelares.

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dju / dju
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