Tal como lo adelantó en su momento Diariojudicial.com, los consejeros tomaron la medida ante las consultas de distintos tribunales nacionales y federales, que plantearon la necesidad de efectuar una aclaración respecto de quienes podían integrar las listas para ejercer los reemplazos de magistrados.
De ese modo, el Consejo, en reunión plenaria, decidió sustituir el artículo 2º, 3º y 11º del Reglamento de Subrogaciones de los tribunales inferiores de la Nación, y entonces luego de jueces y abogados de la matrícula, se podrá incluir a los secretarios para que puedan cubrir las vacantes producidas.
Para el caso en que el funcionario no pertenezca al juzgado que deba subrogar, esta previsto que previamente a ser designado se deberá consultar con el juez o tribunal donde se desempeña. Asimismo, los designado serán excluidos de futuros sorteos para el caso de otras vacantes transitorias, hasta tanto se complete la nómina.
Las listas de abogados de la matrícula y de secretarios de ambas instancias y prosecretarios de cámara las formará cada tribunal anualmente durante el mes de diciembre. A los efectos de la confección de las listas de abogados, para la justicia nacional, en el ámbito de la Capital Federal, las Cámaras no exigirán la matrícula federal.