02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

La Pampa: proponen que los padres respondan penalmente por sus hijos

El bloque de diputados provinciales justicialistas pampeanos aprobó un dictamen para modificar el Código Procesal Penal de La Pampa estableciendo que los padres serán responsables ante la ley por las conductas de sus hijos. La iniciativa fue remitida por el gobierno a la Legislatura provincial. TEXTO COMPLETO DEL PROYECTO

 
El artículo 1 del proyecto propone la modificación del artículo 168 bis del Código Procesal Penal provincial, que quedaría redactado de la siguiente manera: “En todos los procesos donde se investigue la responsabilidad de menores, el Agente Fiscal deberá ordenar la promoción de la acción penal independiente contra los padres, tutores u otra persona respecto de la cual el menor se encuentre bajo cuidado, cuando pudiere surgir la participación criminal de estos últimos, sea como cómplices, instigadores o por incumplimiento de los deberes de cuidado inherentes a su condición”.

Además incorpora como inciso 10º del artículo 163 del mismo Código una cláusula que habilita a la Policía a iniciar la investigación en supuestos análogos, constituyendo una falta grave la omisión de dicho cometido.

A pesar de que la oposición propuso invitar a los jueces para efectuar en forma conjunta un análisis respecto al proyecto y pidió más tiempo para profundizar el debate, el PJ siguió adelante con la propuesta oficial y ya aprobó un dictamen.

De acuerdo a esta modificación, que será considerada en una próxima sesión, los padres o tutores serán responsables penales de las conductas de sus hijos. En lo concreto ello significa que cuando un menor tenga un conflicto con la ley se les abrirá a los padres o tutores una causa judicial por cada delito que comentan, sea un daño menor o un hecho grave.

En este proceso, la justicia deberá determinar si hubo "abandono de persona" o si "hubo instigación" para cometer delito y establecer en consecuencia las acciones judiciales correspondientes.

Según los fundamentos del mencionado proyecto “las precedentes invocaciones no implican un aumento del poder punitivo del Estado ni la potenciación de la criminalización de determinadas conductas ni mucho menos, por obvia que la aclaración pudiera parecer, la creación pretoriana e ilegal de tipos penales autónomos. Por el contrario, son instancias destinadas a lograr la efectividad y plena vigencia de principios generales vigentes del derecho penal, atendiendo a situaciones que, particularmente en la Provincia de La Pampa, adquieren una magnitud preocupante en todos los casos.”

Y agrega: “Los motivos de la iniciativa propiciada, estriban en la necesidad de prevenir, disuadir y conjurar con los medios eficientes de que dispone el Estado, conductas disvaliosas de adultos que instan a los menores a delinquir o revelan lisa y llanamente un ánimo de participación criminal en delitos cometidos por menores”.



dju / dju
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