20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Dr. Jorge Gabriel Rizzo

Buenos Aires, 27 de octubre de 2004

Señora Directora: Ante la aparición del fallo consagrando la impunidad de la nueva Corte adicta al Presidente de la Nación de Turno, me veo obligado a hacer las siguientes reflexiones:
Los Ministros votantes, para fundamentar la confiscación, se apoyan de manera contundente en el dictamen del Procurador General de la Nación, Dr. Esteban "Justo" Righi, quien se encuentra REPRESENTANDO AL PUEBLO DE LA NACIÓN ARGENTINA, a pesar del repudio masivo de la mayoría de la matrícula de abogados de todo el país.
Por ejemplo, Diario Judicial realizó una compulsa sobre la conveniencia de su designación y, el "NO" llegó a superar el 82% de los colegas encuestados.
Quiero señalar, como dato anecdótico, que el Dr. Righi en su dictamen no hace mención alguna, sobre que realizará personalmente "esfuerzo compartido" ni de ninguna otra índole, con su jubilación de privilegio por haber tenido el alto honor, durante alrededor de 45 días, de ser el Ministro del Interior del Dr. Héctor J. Cámpora, lapso en el cual, no solo se abrieron las cárceles a troche y moche (25/5/1973), sinó que también se produjo la terrible masacre de Ezeiza.
También se encuentra en su "haber" el presentar y camuflar al dirigente gremial Señor José Rodríguez (quien no conoce trabajadores desaparecidos en Argentina) como una Hermana Carmelita Descalza ante los Foros Internacionales de Derecho del Trabajo, prestigiándolo como todo un prohombre.
En ese orden de ideas, es dable en destacar que, en su oportunidad, y ante tamaña ignominia que estaba por cometerse, el Dr. Ernesto Halabi (desde el llano), logrando muchísimas adhesiones, entre ellas la del suscripto, realizó las presentaciones de rigor, ante las organizaciones de abogados, léase el Colegio Público de Capital y la Asociación de Abogados de Buenos Aires.
En el caso de la Asociación, prefirió no pronunciarse, sin perjuicio que antes haber debatido sobre el particular y, en donde, varios de los miembros su actual Comisión Directiva, salieron a defender la figura del impoluto jurista, a capa y espada.
Diferente suerte corrió la presentación que hicieramos y que encabezara, insisto, la capacidad de trabajo del Dr. Halabi, ante el Colegio. En efecto, la misma fue directamente "cajoneada" y, finalmente, el Consejo Directivo que presidía el Dr. Hugo Germano, desoyendo a casi toda la familia de los abogados (como de costumbre) salió decididamente a apoyar la candidatura del Dr. Righi.
Sin perjuicio de ello, quiero recordar que, el Dr. Maqueda ESTABA IMPOSIBILITADO DE VOTAR, por cuanto, en la fecha en que se aprobaron el Decreto 214, la ley 25.561 y demás engendros, se desempeñaba como Presidente de la Asamblea Legislativa, por tanto, que sea el mismo legislador quien juzgue la constitucionalidad o no de una norma que él propició, es cuanto menos de ciencia ficción.
Sobre otro de los "votantes", Dr. Antonio Boggiano, penden varios pedidos de juicios políticos. Ello sin perjuicio que tampoco podía votar, por cuanto se ha confirmado que el borrador que circulara hace unos meses en Tribunales, era el fiel reflejo de su voto de hoy, constituyendo la figura del "prejuzgamiento".
También importa, cuanto menos, una llamativa "novedad" el voto de la Dra. Highton de Nolasco, por cuanto se ha apartado de la que se atribuye como "su "creación", es decir la "teoría del esfuerzo compartido" que la catapultara hacia la vacancia de la Corte. La Ministra se aleja de su supuesta creación al tiempo que era miembro de la Cámara Nacional Civil, al proclamar la utlización de soportar cada parte la diferencia existente entre el dolar a $1 y su cotización en el mercado libre de cambios (fundamentalmente en el caso de hipotecas y deudas a bancos y otros usureros, preferentemente privados) contraídas en dólares. Hoy ha dejado atónita a la barra de abogados al utilizar el $1,40 más C.E.R., lo que genera -siempre


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