En ese sentido afirmó que el reducidor estaba dispuesto a contar toda la verdad de sus relaciones con agentes de la Policía Bonaerense a quien le ofreciera dinero por hacerlo. De ese modo, el magistrado investigado por su desempeño en la causa AMIA defendió el pago al que calificó de recompensa.
En ese sentido, Galeano aseguró ante los consejeros que Telleldín negociaba con terceras personas y estaba dispuesto a dar información, y agregó que había quien le pagaría “por decir la verdad” y también quien le pagaría para que “se callara”.
Además, comentó que por diversos informes conoció que se estaba desarrollando una actividad de inteligencia para hacerse de la información que éste ocultaba. También, expuso que si bien no se encontraba reglamentado el pago y la protección de informantes, contaba con institutos de rango constitucional que así se lo permitían.
En esa línea, expuso que en el marco los tratados internacionales suscriptos por Argentina que obligan a la protección de la vida y la integridad de las personas, existe el Decreto 2.0023/94 que pone una recompensa a quienes aportan datos para el esclarecimiento de los atentados y que tenía un fondo de hasta 3.000.000.
Al respecto, manifestó que la recompensa o la compra de información, según el caso, es un medio útil para descubrir a los delincuentes en casos aberrantes como por ejemplo los actos terroristas.
En el marco de esta sexta audiencia el juez recordó que el reducidor de autos estaba escribiendo un libro e incluso había tomado contacto con una editorial periodística para su publicación, dado que según explicó “quería hacer unos pesos” con lo que sabía y no le había dicho a la justicia.
En esa línea, el magistrado aseveró que Telleldín había dicho que estaba dispuesto a contar toda la verdad si le aseguraban protección contra su familia y le pagaban unos 300 mil dólares recordó Galeano.
“Tuve que elegir entre dos principios legalmente protegidos: la vida del informante y su familia y el interés de la justicia por aclarar el caso y atrapar a los delincuentes, por un lado, y la publicidad del proceso, por el otro”, destacó.
Según el juez, el Tribunal Oral Federal Número 3 dijo que él no obró con la debida rectitud, pero opinó que “la rectitud de un juez criminal no se mide por el ofrecimiento de un beneficio legalmente establecido, sino por su valentía y honestidad en la búsqueda de la verdad” y agregó que seguramente es “más fácil absolver que condenar”.
Durante su relato, mostró gran cantidad de artículos periodísticos en donde Telleldín decía tener información que el juzgado, aún, “no poseía.
Siguiendo el hilo de su exposición el magistrado recordó que cuando procesó a Telleldín, en agosto de 1994, en la resolución, esbozó que éste debía conocer más detalles, de los que reveló.
Para el magistrado, la complejidad de la causa lo obligó a meterse con las mafias policiales y reflexionó que si no lo hubiera hecho igualmente lo habrían acusado por no haber investigado.