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RAÚL ENRIQUE BIBIANO
24 de Diciembre de 2004
Ante todo, Agradezco a la Direción de esta Editorial por permitir la libre opinión sin censuras y con tan enorme respeto por sus lectores.-Hace meses atrás, planteaba en estas paginas acerca de lo disparatado que habia resultado leer una causa penal donde se habia eximido de prisión a un homicida bajo caución juratoria, versandose el Magistrado en su "calificación de la causa" art.186 del Cpr. PBA por el delito de "lesiones art. 90 del CPN. cuando en realidad la causa a esas alturas era de homicidio art.79 cel CPN.En fecha 29/6/2004, procedí como corresponde a dar inicio de las actuaciones administrativas pertinmentes dentro del organismo de contrtol Judicial de la SCJBA y así también unoen la Procuración Gral de la SCJBA a fin de ponerle coto almanoseo conque se habia trabajado la causa en cuestión por aquellos tiempos. Tambien el 07 de Julio de 2004 procedia incoar el sumario penal respecto de los involucrados .-Debo resaltar que me habia comunicado con la casa de Carlos Blumberg para solicitar su cooperación ante la enorme publicidad que este demostraba en sus marchas perro realmente nunca me respondió siquiera, apesar de contar con mi telefonia celular y casillas de correo desde las que le envié el material necesario respecto del problema que debia enfrentar.pero gracias a DIOS me llamo RAÚL ENRIQUE BIBIANO y ellema del suscripto es "HACER LO QUE SE DEBA" y así fue que gracias a elo la cuestión salió adelante. RESULTADOS:En la causa penal del homicidio, en la que practiqué mis investigaciónes sigilosas y el aporte de la información y orientación propicia, en fecha 09/11/04 consigo la detención del prófugo en la república del Paraguay,gracias a la rápida incursión de la INTERPOL, Debo destacar la actuación que le cupo en todas las tareas llevadas adelante a la Sra. Agente Fiscal MONICA ADRIANA RODRIGUEZ quien lleva a su Dignisimo cargo la UFI 01 de la Departamental Quilmes.Pero lo cierto es que lo que he logrado hacer en pocos 5 meses se podia haber logrado hace cuatro años atrás!Mi objetivo esta alcanzado, es decir, busqué un profugo, ahora ese prófugo esta DETENIDO y siendo extraditado para su enjuiciamiento... Sin firma de letrado he conseguido impulsar todas las actuaciones referentes al caso y claro, mi cliente esta dividido en dos: la victima de homicidio y mi madre. Ustedes saben lo que resulta saber llorando a una madre todos los dias a su avanzada edad clamando justicia?Claro que no se mete un pañuelo en la cabeza y sale a dar vueltas por allí ni concurre a romper comisarias ni patrrulleros ni a hacer piquetes por las rutas. Ella confió en la JUSTICIA y sobre todo en mí, quien en el día de su cumpleaños le brinde como humilde regalo la noticia fresca de la detención del homicida de su hijo.Pero también le debia esta explicación a esta prestigiosa Edición, donde escribia mis palabras con vehemencia en una carta abierta al Presidente de la SCJBA Dr.De LÁZZARI.GRACIAS DIARIO JUDICIAL por permitir que podamos expresar libremente, con el respeto y la cordura , es claro, acerca de nuestras inquietudes y de algunos problemas que sin hacer tanta alaraca podemos resolver si nos calzamos bien los pantalones! sin esperar que el vecino venga a solucionar cada problema que se cruce por el camino.
CORDIALMENTE,
RAUL ENRIQUE BIBIANO
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.
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