02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

Caso Amia: Queja ante la Cámara de Casación

Las querellas de AMIA, DAIA e integrantes del grupo de “Familiares y Amigos de las Víctimas del atentado a la AMIA” acudieron en queja ante la Cámara Nacional de Casación Penal recurriendo de esa forma la resolución del Tribunal Federal 3 que les denegara los recursos presentados anteriormente. TEXTO COMPLETO DEL RECURSO

 
La queja fue presentada a raíz de la resolución dictada el pasado 15 de diciembre de 2004 por el Tribunal en lo Criminal Federal N° 3 de esta Ciudad, en cuanto dispuso “NO HACER LUGAR a los recursos de casación interpuestos por la querella unificada D.A.I.A., A.M.I.A. y “Grupo de Familiares”.

“No pretendimos ni intentamos convencer al Tribunal Oral de la arbitrariedad de la sentencia por el mismo dictada, sólo buscamos que se declarara admisible el recurso interpuesto para que otro tribunal distinto al que según creemos perdió la imparcialidad y el aplomo pueda valorar nuestras objeciones” expusieron los querellantes.

Según expresaron en el recurso –que en archivo adjunto se acompaña- “de la simple lectura del auto denegatorio se concluye que el Tribunal Oral se excedió ampliamente en el limitado ámbito del control de admisibilidad que le es propio, adentrándose indebidamente en el análisis de algunos los agravios invocados, decidiendo que los mismos no se configuraban en autos”

Ante tal resolución, afirman los recurrentes que “el Tribunal Oral pretendió erigirse en juez de su propia decisión, circunstancia que le está vedada” precisando que la competencia y jurisdicción del Tribunal Oral respecto del recurso de casación interpuesto ante él “se encuentra limitada única y exclusivamente a la revisión de las condiciones de admisibilidad formal del mismo”, encontrándose prohibido el análisis de los motivos y agravios invocados, y mucho más contestarlos o rebatirlos.

Para los querellantes, “no se pretendió la revisión del fallo por parte del mismo Tribunal que lo dictó”, motivo por el cual “no le correspondía al Tribunal Oral hacer un análisis de los motivos que fundamentan la disconformidad con el fallo”.

Añaden que no los “sorprendió” que “nos contestaran primero en forma negativa el pedido de prórroga para presentar el recurso, nos denegaran el recurso de casación planteado contra esa denegatoria -casualmente el mismo día que presentáramos la casación por la sentencia dictada- por entender que había devenido abstracta atento la presentación efectuada, y que por último, nos negaran también el recurso planteado contra la sentencia pese a la seriedad de los agravios formulados y al reconocimiento que dan a la doble instancia los tratados internacionales incorporados a nuestra ley suprema”.

El Tribunal Oral Federal nº 3 integrado por Gerardo Larrambebere, Miguel Pons y Guillermo Gordo resolvió el pasado 2 septiembre de 2004 dar por cerrado el debate y, luego de un cuarto intermedio dio a conocer el veredicto absolutorio de la causa, dado a conocer finalmente el 29 de octubre.

En dicha resolución, el TOF 3 anuló buena parte de la investigación que llevó adelante el juez federal Juan José Galeano y absolvieron a los 22 acusados, incluidos los cinco detenidos que estaban acusados de ser partícipes necesarios del ataque y que por esa acusación se encontraban presos desde hacía casi diez años. Ahora la Sala II de la Cámara Nacional de Casación penal deberá resolver la queja derivada del rechazo de los diversos recursos presentados por los querellantes.



dju / dju

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