04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Manuel Figuerero Caravías

Sostiene Robert J. Grey, presidente del Colegio de Abogados de los Estados Unidos (ABA) que “En una sociedad democrática, donde los gobernados renuncian a una parte de su autonomía, el sistema judicial es el custodio contra los abusos de quienes ostentan el poder. Los ciudadanos aceptan limitaciones a su libertad a cambio de la coexistencia pacífica y esperan que cuando surjan conflictos entre ellos, o entre ellos y el Estado, puedan recurrir a un lugar que sea independiente de influencias indebidas, que sea digno de confianza y que tenga autoridad sobre todas las partes para resolver las diferencias de manera pacífica. Los tribunales, en cualquier régimen democrático, son ese lugar de refugio. El presidente del Tribunal Supremo William Howard Taft dijo en 1926 que "la bendición práctica de nuestra Declaración de Derechos consiste en su disposición de procedimientos fijos que aseguran a cada individuo un juicio justo por tribunales independientes". En la Argentina no existe una justicia independiente, ni nuestro sistema judicial es el custodio natural contra los abusos de quienes ostentan el poder. En estos últimos años, especialmente, se ha puesto a prueba la independencia de la Justicia. Recuerdo dos ejemplos. El primero de ellos es una acción iniciada por el Procurador General de la Provincia de Santa Cruz, tendiente a que la Corte Suprema le reconociera su derecho a ejercer esta magistratura, de la que había sido despojado mediante maniobras del gobernador, a la sazón el actual Presidente de la Nación. En mérito a la brevedad diré solamente que el más Alto Tribunal accedió a lo pedido por el Procurador General de la Provincia. En consecuencia, ordenó a las autoridades de Santa Cruz que hicieran cumplimentar lo ordenado por el Tribunal. Pasó un lapso prudencial y tales autoridades hicieron caso omiso a la manda judicial. A pedido del Procurador General se reiteró lo ordenado, con el mismo resultado. Con la nueva composición, que dejaba aparentemente atrás a la Corte menemista, la funesta Corte adicta, las cosas siguen igual. Para que todo cambie nada cambió. El segundo ejemplo es público y notorio. Un diputado provincial resuelve per se ingresar a una comisaría de la Policía Federal. Una vez allí, acompañado de una gavilla que lo seguía en su accionar vandálico, proceden a no dejar piedra sobre piedra. Posteriormente se ampara este legislador, en sus fueros legislativos. Estos dos casos son claro ejemplo de lo que no debe ocurrir en una Estado democrático. Es una burla a la Justicia, a las instituciones y a la ciudadanía. Quienes debieron dar el ejemplo de acatamiento a la majestad de la Justicia, no lo hicieron, con pretextos tan burdos que es posible llegar a la conclusión que mas parece una burla que una excusa. Recuerdo que en 1807, el presidente Thomas Jefferson invocó el privilegio ejecutivo en un caso contra el ciudadano Aarón Burr a quien acusó de traición. En su defensa, Burr pidió al Tribunal que dictase una orden judicial que ordenara que Jefferson presentara su correspondencia privada con respecto a Burr, a lo que Jefferson se negó. La misma actitud altiva que en ocasiones mantiene nuestro Presidente ante los mandatos judiciales. Evidentemente una absoluta falta de respeto a la magistratura. El presidente del Tribunal, John Marshall, desoyó el argumento del presidente Jefferson y dictaminó que la afirmación del presidente de que la publicación de los documentos pondría en peligro la seguridad pública era un asunto que competía dirimir al Tribunal, no al presidente. Digno colofón que no resiste ser comparado con la actitud que observan algunos jueces argentinos cuando algún altísimo funcionario se encuentra involucrado en el entuerto. Milagrosamente el sumario se pierde en los meandros de la burocracia judicial. La milagrosa hibernación de los sumarios, en casos como éste, es solamente comparable a la indigna sumisión de los cobardes y al desmedido interés de los ambiciosos. Pasados casi 200 años vuelve a


Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486