Así lo resolvió la sala E del tribunal en autos “C. R. A.M c/ D. N. S. L. C. s/divorcio” a raíz del recurso interpuesto por la defensa de la mujer contra la sentencia de primera instancia que decretara el divorcio de los cónyuges, por las causales de adulterio y abandono voluntario y malicioso del hogar, y que rechazó el pedido de indemnización del daño moral que -según la actora- sufriera.
Los jueces Calatayud, Dupuis y Mirás destacaron en el fallo que
el hombre "violó el deber de fidelidad", "provocó un dolor punzante que llevó a la destrucción de una familia" y "actuó con total desprecio por la dignidad de su esposa".
El fallo consideró legítimo el reclamo de la demandante, que estuvo casada durante 20 años con el hombre demandado. De acuerdo al voto mayoritario, el demandado "actuó con total desprecio por la dignidad de su esposa" ya que se hizo ver en lugares públicos con su nueva pareja, con la que realizó distintos viajes turísticos, y en particular, porque concurría con ella a una chacra en Pilar adonde antes iba con su esposa.
Esas circunstancias, para la mayoría de los camaristas, fueron consideradas como prueba de que el hombre "violó el deber de fidelidad" y "provocó un dolor punzante que llevó a la destrucción de una familia". Además, los jueces recordaron que
el hombre entabló su nueva relación cuando todavía no se había separado de hecho y antes de concretar el trámite del divorcio.
Pese a que
uno de los camaristas consideró que no podía hablarse de infidelidad porque el matrimonio ya estaba separado, la mayoría estimó que el hombre "hirió profundamente las justas susceptibilidades" de su primera esposa, al mostrarse con una nueva pareja en lugares turísticos y en la chacra que antes compartían en Pilar.
"Es legítimo que quien lastimó el honor de otro, a quien le debía la mayor de las consideraciones, deba resarcir el daño producido. Lo inmoral es, a mi juicio, que quede impune", sostuvo en el voto mayoritario el juez Carlos Dupuis.
Según los hechos relatados en el fallo, el hombre abandonó su hogar en 1999. Tras ese episodio, viajó con su nueva pareja a San Miguel de Tucumán y a San Carlos de Bariloche, según dejaron constancia los hoteles en los que se alojaron.
Sin embargo, los jueces consideraron en particular el hecho de que el demandado haya pasado varios fines de semana, con su nueva mujer, en una chacra en Pilar, adonde solía ir con su esposa legítima. "Haberse hospedado en la chacra de fin de semana a la que concurría siempre el matrimonio en compañía de otra mujer, poco tiempo después de su retiro del hogar, es susceptible de producir un dolor profundo en la esposa, que configura daño moral", señala el fallo. Por esas razones, el tribunal condenó al hombre a resarcir con 50.000 pesos a su ex esposa.
El fallo contó con el voto disidente de uno de los camaristas, Mario Calatayud, quien opinó que "la causal de adulterio se refiere a hechos ocurridos con posterioridad a la mentada separación de hecho". "El deber de fidelidad no se mantiene después de la separación de hecho de los esposos, de manera que la circunstancia de que (el hombre), después de haberse retirado del hogar conyugal, haya iniciado una relación amorosa con otra mujer, no puede fundar el reclamo de indemnización del daño moral que la actora dice haber sufrido", sostuvo.
dju / dju
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