La decisión la tomó el Juzgado de Instrucción Nº 5 de Manresa y fue confirmada por la Sección Quinta de la Audiencia de Barcelona que rechazó la apelación presentada por el jugador agresor quien alegaba que por las agresiones ya había sido sancionado por la Federación Catalana de Fútbol.
También dijo en la apelación que había diferencias entre las declaraciones del jugador que agredió y lo informado por el arbitro después del partido.
Pero el tribunal consideró que lo declarado por la víctima es "uniforme" y coincide con la de los testigos. También destacó que sus afirmaciones están avaladas por los partes médicos.
Además, "se constata la intención de lesionar" dijo el tribunal por la manera en que se produjeron las lesiones. La Justicia española también tuvo por acreditado que por parte del futbolista agredido no hubo provocación "que pueda explicar con cierta proporcionalidad la reacción agresora", explica el fallo.
La Sala afirmó que "la práctica del deporte del fútbol no justifica la causación de las lesiones producidas".