20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Otra dura condena contra la AFA

La Cámara Civil condenó a la Asociación del Fútbol Argentino, al club Lanús y a la municipalidad de ese partido a indemnizar en más de $400.000 (más los intereses) a un joven que se cayó de una tribuna de madera durante un partido entre el equipo local y Banfield, luego de que se partió el tablón sobre el que se encontraba parado. FALLO COMPLETO

 
Lo resolvió la Sala A de la Cámara Nacional en lo Civil, integrada por los jueces Ana María Luaces, Hugo Molteni y Jorge Escuti Pizarro, en autos “López, Hugo y otros c/club Atlético Lanús y otros s/daños y perjuicios” a raíz del recurso interpuesto contra la sentencia de primera instancia que admitió la demanda promovida por Hugo Daniel López, Hugo López y Cira Catalina D´azzo contra la Asociación del Fútbol Argentino, Club Atlético Lanús y Municipalidad de Lanús.

La comuna se quejó por la atribución de responsabilidad que se le endilgara en la sentencia mencionada, como ente contralor de la instalaciones del estadio perteneciente al Club Atlético Lanús, aduciendo que el club contaba con la pertinente habilitación municipal y con la otorgada por la Secretaría de Deportes de la Nación. Además, argumentó que no es de su competencia la guarda del orden en dichos eventos.

El juez a quo condenó a pagar a los actores, dentro del plazo de diez días, $416.430 a la víctima , y $5.000 a los restantes co-actores, con más sus intereses y las costas del proceso.

El hecho que motivó la causa fue el accidente padecido por el joven Hugo Daniel López el día 17 de octubre de 1993, día en que concurrió junto a su padre, Hugo López, a presenciar el partido que se disputaba en la cancha del Club Atlético Lanús, entre el local y el Club Atlético Banfield.

Faltando pocos minutos para la finalización del encuentro, se partió el tablón sobre el que se encontraba parado, por lo que cayó al vacío y sufrió graves lesiones.

En el fallo, el tribunal aclaró que el daño padecido por la víctima no obedeció a hechos de violencia, “lamentablemente frecuentes en los eventos deportivos”, lo que sería ajeno a la municipalidad que carece de atribuciones en lo que es materia de las fuerzas de seguridad, sino por la rotura y caída de un tablón de la tribuna de visitantes, mientras se jugaba el “clásico” de la zona sur.

“Más allá de las controversias doctrinarias suscitadas en torno al denominado “ejercicio del poder de policía” o de contralor de los órganos estatales, lo cierto es que estos elementales deberes de verificar el estado de las instalaciones de un establecimiento que requiere de la pertinente “habilitación” para funcionar, estaban claramente a cargo del ente municipal por delegación del gobierno provincial, según así se lo infiere de lo actuado en los expedientes administrativos acumulados que tengo a la vista”, afirmó la juez preopinante.

Los jueces resaltaron que en la última inspección previa al día del accidente (11/02/93), la Dirección General Deportiva -que depende de la Secretaría de Deportes, ya había señalado la necesidad -entre otras cosas- de reparar y reponer los tablones de madera en tribunas de los sectores de las populares tanto visitante como local.

“Esta conducta omisiva por parte de la comuna de Lanús, claramente demuestra que ha infringido su deber de resguardar la seguridad del público asistente al estadio, mediante el mentado ejercicio de facultades discrecionales propias que hacen al denominado poder de policía, lo que se hubiera satisfecho mediante la simple realización de una nueva inspección a los fines de comprobar la concreción de las mejoras indispensables sobre las instalaciones del estadio, específicamente, las de los tablones que forman parte de la tribuna, y que fueran observadas tanto por el profesional integrante de la Secretaría de Deportes de la Nación, como también por la arquitecta de la propia comuna”, concluye la sentencia de la Cámara.

dju / dju
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