Finalmente, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) rechazó este jueves el pedido argentino de suspender, en forma provisoria, la construcción de las dos papeleras en la orilla uruguaya del río Uruguay. La decisión final, que fue leída por la presidenta del tribunal, Rosalyn Higgins, fue contundente: 14 votos por la negativa contra 1 sólo a favor de Argentina (del juez Raúl Vinuesa, que nació en Buenos Aires).
Según el máximo tribunal de justicia de las Naciones Unidas,
“Argentina no ha convencido a la Corte que las papeleras causarán un daño irreparable”. Además, aseguró que el daño argumentado por las autoridades argentinas
"no es inminente", ya que las plantas no serán operativas hasta agosto de 2007 y junio de 2008.
“La Corte no ha sido persuadida de que actualmente exista una amenaza inminente de los derechos reclamados por Argentina, o de que esos derechos no podrán ser protegidos si la Corte no ordena en este punto las medidas tendientes a suspender los proyectos de las plantas de celulosa”, dice la resolución.
Por ello, la Corte no pidió que se suspendan las obras, como quería Argentina. No obstante, el tribunal aclaró que sobre Uruguay recaen los "riesgos" relacionados con un futuro fallo sobre el fondo de la cuestión.
"El hecho de que Argentina no haya obtenido ninguna de las medidas cautelares pedidas no implica que los argumentos argentinos sobre lo correcto o erróneo de la construcción de las papeleras o las autorizaciones hayan sido rechazados", aclararon los jueces.
Cada una de las dos partes tiene ahora un plazo de seis meses para presentar lo que se conoce como "argumentos escritos", los cuales -tras haber sido estudiados por la Corte- preceden a la presentación de argumentos orales en las audiencias públicas.
Tras más de un año de conflicto, en mayo Argentina decidió elevar el litigio ante la CIJ, creada en 1946 por la Asamblea General de la ONU para dirimir este tipo de disputas entre los Estados. El 8 y 9 de junio, Argentina y Uruguay presentaron ante los jueces de la Corte sus argumentos a favor y en contra de dar vía libre al emplazamiento de las papeleras.
Argentina encontró la base jurídica de su denuncia contra Montevideo en el denominado Estatuto del Río Uruguay, tratado suscrito por ambos países en 1975. El artículo 60 del mencionado Estatuto estipula que "toda controversia acerca de la interpretación o aplicación del Tratado y del Estatuto que no pudiera solucionarse por negociaciones directas, podrá ser sometida, por cualquiera de las partes, a la Corte Internacional de Justicia".
La violación de ese tratado se produjo, según Argentina, porque Uruguay autorizó unilateralmente la construcción de las dos papeleras en lugar de hacerlo bajo la gerencia común entre los dos países, tal como estipula ese acuerdo.
“Argentina argumentó que el Estatuto de 1975 impuso a cada parte una obligación de ´no construcción´, por lo cual el consentimiento de la otra parte sería necesario para obras de este tipo. Teniendo en cuenta la necesidad de que se demuestre riesgo de daño irreparable, la Corte deja en claro que, incluso si existe una obligación de ´no construcción´, e incluso si la misma ha sido o podría ser violada, esa situación podría ser remediada más tarde. Por ello, no se requiere protección provisional en este punto”. dijo la Corte al respecto.
Las repercusiones de ambos lados
La cancillería argentina celebró que la Corte Internacional de Justicia haya contemplado en su resolución "la garantía de disponer el desmantelamiento de las plantas", si se demuestra el "daño ambiental irreparable" durante la "sustanciación del caso" por las pasteras.
Además, a través de un comunicado, la cancillería resaltó que si bien la Corte rechazó el pedido argentino de medida cautelar, esa decisión "no prejuzga sobre el fondo de la controversia" que mantienen Argentina y Uruguay, que es la violación del Estatuto del Río Uruguay por parte de la república oriental.
Por su parte, el gobierno uruguayo se mostró satisfecho y cauteloso sobre la decisión de la Corte. El vicepresidente de ese país, Rodolfo Nin Novoa, consideró que la "contundencia" del fallo "hace fuerza suficiente" para que los asambleístas de Gualeguaychú se abstengan de volver a cortar el puente internacional.
dju / dju
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