27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

Yo no me quiero casar, ¿y usted?

La Suprema Corte de República Dominicana equiparó los concubinatos con los matrimonios legales. Generan los mismos efectos jurídicos. Requiere que la relación no sea secreta y que haya fidelidad. La Iglesia se mostró opuesta.

 
La Suprema Corte de Justicia de República Dominicana reconoció la legalidad de una unión consensual y la equiparó a cualquier otro matrimonio en una sentencia que fue catalogada como “trascendental” por el presidente de ese tribunal, Jorge Subero, y que tuvo una importante repercusión ni bien fue dada a conocer en la prensa.

De acuerdo a la resolución judicial, “bajo determinadas condiciones, las uniones no matrimoniales, uniones consensuales o de hecho, producen efectos jurídicos en provecho de las personas que se encuentras vinculadas por esas relaciones”.

El fallo tuvo lugar cuando el órgano judicial rechazó un recurso que alegaba que la concubina de un hombre que murió en un accidente de tránsito no podía recibir una indemnización al no existir un vínculo legal entre los dos.

La sentencia advirtió que el reconocimiento está condicionado a que la relación no sea secreta y que no existan “iguales lazos de afecto o nexos formales de matrimonio con otros terceros en forma simultánea”.

La decisión del Máximo Tribunal de Justicia en Santo Domingo tuvo sus repercusiones inmediatamente. Así, el arzobispo de Santo Domingo, Cardenal Nicolás de Jesús López, dijo al periódico local Listín Diario que se oponía al explicar que “los que creemos en el matrimonio no podemos aceptar que estar libremente unidos es lo mismo que estar casados”.



dju / dju
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