02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

Fernando Ovalle

Acerca de la noticia Se extiende la probation
He notado algunos puntos oscuros en cuanto a la noticia. Por un lado, no alcanzo a comprender que, si la "probation" está regulada por el Código Penal (art. 76 bis), la provincia pueda modificar -para su jurisdicción- las condiciones objetivas para su otorgamiento. Es como si las provincias estuvieran facultadas a legislar sobre prescripción de la acción penal, de manera que un mismo delito juzgado en sede federal tendría un plazo diferente de prescripción que en alguna provincia. Si bien tengo presente que la "probation" está también regulada por el código procesal penal de la provincia de Buenos Aires, entiendo que por tratarse de una materia que integra el derecho sustantivo, se encuentra vedado a las provincias legislar al respecto. Soslayando lo anterior, la normativa para el caso de concurso de delitos me parece inapropiada para el fin buscado, ya que una persona con dos robos simples no podría ser -de acuerdo a la información- sometida a "probation" (el robo tiene un máximo de pena de 6 años, es decir que el concurso de robos arroja un máximo probable de 12 años). Por último, la observación de un fiscal al final de la noticia en cuanto a que algunos imputados por delitos con robo a mano armada quedarían en libertad confunde, ya que según lo informado, tal clase de robo no permitiría la probation en atención a que el máximo de la pena en abstracto supera holgadamente el tope de 6 años fijado.


Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486