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Dra. Mirta Susana Núñez
14 de Noviembre de 2006
Estoy de acuerdo con la sentencia, ya que la actitud del profesional constituye lo que en psicoanálisis de llama "Abuso de la transferencia". Por suerte son pocos los casos así. Ahí se debe haber conjugado la mala fe del profesional con la patología de la paciente. De todas maneras creo que término "relación comercial" aplicado en este caso, no puede generaralizarse en otras relaciones entre el paciente y el psicólogo: por ej. alguien puede ser paciente de un psicólogo y a la ves ser su alumno en un curso arancelado. Se podría decir que es una actividad educativa, pero también es comercial porque hay intercambio de dinero y ganancia. Sin embargo, esto es muy frecuente y no me parece que sea ningún abuso siempre que no haya presiones sobre el paciente para asistir a otra actividad que realice el psicólogo. El costo de la sesión, si bien me parece exhorbitante, no puede discutirse porque cada profesional es libre de cobrar lo que crea que vale su trabajo si sus pacientes se lo pagan. El abuso fue cobrarle por adelantado, porque eso era una forma de mantenerla cautiva por varios años más. Asimismo, una relación terapéutica de 28 años me parece que ya de por sí es iatrogénica. Una persona puede necesitar hacer terapia toda la vida, pero debe ir cambiando cada tantos años de profesional. Saludos,
Dra. Mirta Susana Núñez
www.mirta-nunez.com.ar
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.
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