20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

La extradición tiene sus requisitos

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó la solicitud de Israel para extraditar a un ciudadano de ese país que había venido a la Argentina tras escaparse de una cárcel. La mayoría de la Corte rechazó el pedido diplomático ya que no contaba con la requerida resolución judicial emanada de un magistrado competente. FALLO COMPLETO

 
Los jueces Enrique Petracchi, Carlos Fayt, Juan Maqueda y Eugenio Zaffaroni, integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en los autos caratulados “Akrishevski, Erez s/extradición”, consideraron que el pedido realizado por el Departamento de Asuntos Internacionales de la Oficina de la Fiscalía General de Estado del Ministerio de Justicia del Estado de Israel no es suficiente y adecuado para la solicitud de extradición del imputado, ya que por el derecho internacional aplicable debe ser solicitada mediante “resolución judicial” fundada, la cual en este caso se encuentra ausente.

Erez Akrishevski se fugó de un penal israelí y junto con otros cuatro compatriotas se escondió en Argentina. Israel elevó una orden de captura internacional por la fuga y lo acusó, además de tentativa de homicidio, tenencia de armas de guerra y asociación ilícita, delitos por los cuales era perseguido en su país.

En el 2004, tras un año de la llegada del imputado al partido de Moreno en el Gran Buenos Aires, y por medio de un operativo de INTERPOL Argentina y el grupo GEOF –los cuales rastrearon a los sujetos por diversos medios de captación de imágenes- fueron detenidos capturándose en el lugar la suma de u$s 20.000, diversas armas y documentación aparentemente apócrifa.

El Departamento de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia de Israel solicitó a la Argentina la extradición de Erez Akrishevski, causa que tramitó por el fuero federal.

Tras un trámite de poco más de dos años, se concedió la extradición siempre que el Estado de Israel se comprometa a computar a la pena que le correspondiera al imputado el tiempo que estuvo detenido en nuestro país. La decisión fue recurrida ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Cuatro jueces de la Corte, estrenando por primera vez la nueva mayoría instaurada en los últimos días del 2006 para los fallos del Máximo Tribunal, entendieron que la solicitud enviada por Israel no se adecua a la legislación internacional aplicable, la cual exige una decisión judicial fundada para la apertura de la extradición.

Por su parte, Lorenzetti y Argibay declararon extemporáneo el recurso presentado por el Ministerio Público, por lo que decidieron confirmar la extradición a Israel de Akrishevski. En cambio, Highton de Nolasco, fue partidaria de otorgar un plazo de treinta días para que Israel presentase una resolución judicial que solicitare en los mismos términos la entrega del detenido.

Por ello, habiéndose conformado una mayoría en contra de la extradición, la Corte Suprema de Justicia de la Nación evitó que se entregara un detenido con pedido de captura internacional cuya solicitud de extradición no fue emanada de la autoridad judicial competente.



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