01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Galeano dio por cerrada la hipótesis del volquete

El juez que investiga el atentado a la AMIA dictó falta de mérito a los dueños del contenedor dejado en la puerta de la mutual y ordenó seguir investigando el destino de los explosivos que habían comprado. FALLO COMPLETO.

 
Uno de los episodios más controvertidos respecto del instrumento utilizado para colocar los 300 kilos de explosivos utilizados para volar la sede de la AMIA el 18 de julio de 1994 fue cerrado hoy por el juez instructor de la causa, Juan José Galeano, quien descartó la seriedad de las versiones que aseguraron que la carga había sido colocada en el interior de un volquete de la empresa Santa Rita.

Las conclusiones a las que arrobó Galeano están contenidas en una extensa resolución de 86 carillas en las que el magistrado dispuso la falta de mérito para procesar o sobreseer a cuatro de los integrantes de la familia Hadad, Nassib, Javier, Pablo y Guillermo, a la que tuvo acceso Diariojudicial.com.

“Se han podido descartar aquellas hipótesis que atribuían a los volquetes entregados en Pasteur 633 como en Constitución 2657 algún protagonismo en la planificación o ejecución del atentado contra la AMIA”, sostiene el magistrado en su resolución, conocida hoy aquí.En ese sentido, las distintas diligencia realizadas y los testimonios recogidos determinaron que “para esa mañana del 18 de julio de 1994 efectivamente se esperaba la entrega de un contendor en la AMIA” por lo que “no puede considerarse seriamente que la entrega del mismo formara parte de plan alguno en el atentado terrorista investigado”.

Galeano ratifica, asimismo, la versión oficial sobre la colocación del explosivo en interior de una camioneta Trafic en cuyo interior y de acuerdo con las pericias efectuadas por el Departamento de explosivos y materiales Riesgosos, se colocó una carga de “300 kilos de una mezcla hecha a base de nitrato de amonio, con aluminio y un hidrocarburo pesado, probablemente sensibilizado con TNT”.

Las fotografías adjuntadas al expediente y las pericias sobre los “vectores de onda” de la explosión dan cuenta que los restos del volquete de Santa Rita “habían recibido solamente impacto expansivo”.Respecto del propietario de la empresa Santa Rita, Nassib Haddad, se señala que el empresario “era usuario legítimo” de explosivos autorizado por Fabricaciones Militares debido a su actividad en una cantera en la zona de Olavarría, en la provincia de Buenos Aires, en tanto que la carga adquirida que fue motivo de investigación por su semejanza con la utilizada en el atentado estaba destinada a la construcción del dique Casa de Piedra en Pullen, provincia de La Pampa.Al respecto, Galeano ordenó la prosecución de la investigación, la que deberá centrarse en concluir con la dilucidación respecto al consumo del material explosivo que hicieron los Hadad y que habían adquirido entre 1993 y 1994.

Las investigaciones en torno a ese hecho se iniciaron en los días posteriores al atentado cuando surgió información respecto a que luego que el chofer de Santa Rita dejara el volquete frente a la sede de la AMIA, dejó otro contenedor en Constitución 2657, un lugar cercano a los domicilios de Alberto Kanoore Edul, quien el 10 de julio de 1994 a las 15:30 llamó a Carlos Alberto Telleldín interesado en la compra de la Trafic que se presume fue utilizada como coche bomba..

Entre los testimonios recogidos se destaca el del barrendero de la empresa MANLIBA Juan Carlos Alvarez –quien hoy ratificó sus dichos ante el tribunal oral que lleva adelante el juicio—quien aseguró que el volquete estaba vacío, hecho que constató cuando arrojó en el interior del contenedor unos papeles que había recogido minutos antes de la calle.

La filmación llevada a cabo por un aficionado, incorporada al expediente , registró cómo Alvarez apareció en el interior del volquete “terriblemente herido” tras la explosión y milagrosamente salvó su vida.

Fuentes del juzgado confiaron a Diariojudicial.com que Fabricaciones Militares “era la encargada de realizar el contralor y registro de los explosivos” de uso civil y que por “su culpa e incapacidad” se demoraron las conclusiones, ya que el juzgado tuvo que adoptar “medidas que son propias de organismos de inteligencia”.



dju / dju
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