20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Procesado por menos de 10 pesos

En un fallo dividido, la Cámara del Crimen procesó a una hombre por el delito de hurto en grado de tentativa. El imputado fue detenido cuando intentaba sustraer, mediante un alambre, algunas monedas de un teléfono público. El juez Luis María Bunge Campos votó en disidencia. Dijo que la insignificancia de la suma de dinero secuestrada ($9,60) excluye la tipicidad de la conducta y pidió su sobreseimiento. FALLO COMPLETO

 
Lo resolvió la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, integrada en éste caso por los jueces Luis María Bunge Campos, Julio Marcelo Lucini y Mario Filozof, en los autos caratulados “Rosich, Eric Adrián s/ procesamiento” a raíz del recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputadocontra la resolución que dispuso su procesamiento por considerarlo prima facie autor penalmente responsable del delito de robo simple en grado de tentativa (arts. 42, 45 y 164 del Código Penal), y ordenó trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de $ 2.000.

Según el fallo, Adrián Rosich intentó apoderarse de las monedas que se encontraban en el interior de un teléfono público ubicado sobre la avenida Leandro N. Alem, entre Corrientes y Sarmiento. Para ello, colocó un alambre en la ranura donde se introducen las monedas, logrando así hacer caer por el orificio destinado a la devolución de las mismas una cantidad de dinero que guardó en un bolsillo de su pantalón. Inmediatamente, fue detenido por dos policías, que declararon en la causa.

En el procedimiento se le secuestraron al imputado monedas por un monto de $ 9,70 y los alambres que traía consigo. “El análisis de los elementos de prueba referidos desvirtúa la versión que brindara Eric Adrián Rosich en su descargo y permite afirmar que se cuenta con elementos de convicción suficientes para estimar que existe un hecho delictuoso y que el imputado habría participado en su comisión”, asegura el fallo.

El tribunal decidió homologar la resolución, aunque estableció una modificación en la calificación legal adoptada por el juez interviniente ya que a su criterio “el suceso investigado no encuadra en el delito de robo simple en grado de tentativa, sino en el de hurto en grado de tentativa”.

“Si el imputado intentó apoderarse mediante el uso de un alambre, de las monedas contenidas en un teléfono público, sin que haya existido fuerza en las cosas o se haya dañado el indicado objeto, la mera utilización de dicho elemento no basta para tipificar la conducta como constitutiva del delito de robo en grado de tentativa, sino que se configura el delito de hurto en grado de tentativa”, destaca el voto de la mayoría.

El juez Luis María Bunge Campos, no obstante, votó en disidencia. “No toda lesión al bien jurídico “propiedad” configura la afectación típica requerida. En este sentido, debemos recordar que el patrimonio no es un elemento abstracto, sino un atributo de la personalidad, como tal no debe juzgarse en forma aislada, sino en relación con su titular”, manifestó.

Pero además, sostuvo que la insignificancia de la suma de dinero que Eric Adrián Rosich habría intentado sustraer “excluye la tipicidad de la conducta, por lo que corresponde revocar el procesamiento decretado por la Juez de Instrucción y disponer el sobreseimiento del imputado”.

dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486