05 de Noviembre de 2024
Edición 7085 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/11/2024

Soluciones alternativas, al menos cuando no hay con qué pagar

Un juez de faltas platense le permitió a un jubilado realizar tareas comunitarias en lugar de pagar una multa de tránsito que alcanzaba el 80 por ciento de sus ingresos. Será enfermero en el hospital donde trabajó antes de retirarse.

 
La imposición de tareas comunitarias como alternativa a la pena está ganando su lugar a pesar de la férrea oposición mediática al proyecto de ampliación de la suspensión del juicio a prueba (probation). Así, la justicia de Faltas de La Plata –que depende de la Municipalidad- permitió a un jubilado cumplir su pena con trabajos para la comunidad, al no poder pagar una multa de tránsito con sus 425 pesos de sueldo de retiro.

El jubilado Raúl Vaninetti debía pagar una multa de 180 pesos por conducir unos metros macha atrás de contramano, lo que implicaba cerca del 80 por ciento de sus ingresos, pero el juez Carlos Troncoso optó por aplicar la ley 11.768, que les permite a los jueces conmutar las multas por trabajos comunitarios en beneficio del Estado o de instituciones de bien público.

Vaninetti, de 72 años, vive en La Plata –aunque la infracción fue cometida en Berisso- y trabajó como enfermero en el Hospital San Martín, por lo que solicitó al juez cumplir en ese establecimiento las tareas que el magistrado le impuso en beneficio de la comunidad.

Según el diario El Día, sobre un total de 1.100 infracciones que se sancionaron en el juzgado de Faltas, en un poco menos del 5 por ciento de las causas se conmutó la multa en pesos por trabajos comunitarios, alcanzando así la cifra de cincuenta casos.

Para llegar a esa decisión, el juez Troncoso tuvo en cuenta la situación económica del jubilado platense y le propuso la elección de una entidad donde pueda cumplir la sentencia, convertida ahora en la obligación de trabajar sin remuneración durante ocho jornadas de seis horas en alguna tarea que beneficie a la comunidad.

La tarea que le toca realizar al infractor siempre está relacionada con su oficio o profesión. “Obviamente, si es una persona mayor no vamos a obligarlo a hacer un trabajo que le exija mucho esfuerzo. Siempre hay alguna actividad para cubrir en entidades de bien público”, precisaron en el juzgado de Faltas.

Aunque el lugar para cumplir la sentencia es elegido por el infractor, el juzgado de Faltas está realizando un relevamiento para confeccionar un padrón donde figuren las instituciones de ese distrito con mayores necesidades.



dju / dju
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