En un momento donde la despenalización del aborto está siendo reclamado por distintos sectores de la sociedad, tanto a nivel local como internacional, la decisión de la Legislatura de Nicaragua implica haber dado un importante paso hacia atrás en el tema.
Es que el voto de 65 de los 92 diputados de ese país centroamericano rechazó una moción para permitir el aborto terapéutico en los casos en que el embarazo hace peligrar la vida de la mujer, tal como estaba permitido hasta hace un año atrás.
La excepción había sido pedida por un diputado opositor del Movimiento Renovador Sandinista (MRS), que aspiraba a que después de un diagnóstico médico se permitiera interrumpir el embarazo si "no existe otro medio posible para salvar la vida de la mujer y que ésta lo permita".
Hasta octubre de 2006, el artículo 165 del Código Penal de Nicaragua establecía que “el aborto terapéutico será determinado científicamente, con la intervención de tres facultativos por lo menos, y el consentimiento del cónyuge o pariente más cercano a la mujer, para los fines legales”. Pero tal práctica fue derogada.
Ahora, los legisladores confirmaron su postura conservadora y rechazaron incluir nuevamente la posibilidad de interrumpir el embarazo en esos casos. Esto, a pesar de que el Centro Nicaragüense de los Derechos Humanos (CENIDH) informó que hay más de 100 mujeres muertas desde que se penalizó el aborto terapéutico.
En cambio, existió por otro lado una buena noticia para los legisladores progresistas, ya que no fue aprobada la tipificación como delito de la sodomía, que hubiese prohibido y penado las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo.
Está previsto que el nuevo Código entre en vigencia a partir de marzo de 2008.
dju / dju
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