La protección del medio ambiente es un derecho consagrado a nivel constitucional. En el artículo 41, se estipula que “todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes, sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.”
En los últimos años, surgieron diferentes movimientos contra la caza de ballenas, en respuesta al peligro de extinción de estos crustáceos, que dio lugar a una regulación particular referente al tema tanto a nivel nacional como internacional.
Particularmente en nuestro país, el Gobierno argentino posee una posición conservadora respecto a la caza de estos animales marinos.
Las diferentes medidas de protección de ballenas adoptadas en los últimos años, han favorecido la recuperación de varias especies.
En la Argentina está vigente la Ley 23.094 (1984) que declara a la ballena franca austral monumento natural dentro de las aguas jurisdiccionales argentinas, otorgándole la mayor protección posible.
La Resolución N° 351/95 prohíbe la caza, captura o apropiación y tránsito, en jurisdicción nacional, de todas las especies de cetáceos y pinnípedos que figuran en el listado que obra como Anexo I de dicha normativa. Asimismo, la Ley N° 25.052/98 prohíbe la caza o captura de ejemplares de orca en todo el territorio estatal.
A su vez, Ley 25.577 del 2002, impide la caza de cetáceos a través de redes, otras artes de pesca o por el sistema de varamiento forzado.
En el marco internacional, se han firmado diversos convenios sobre esta problemática. En el año 1946, 14 países: Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Chile, Dinamarca, Francia, Holanda, Nueva Zelanda, Perú, URSS, Reino Unido, USA y Sudáfrica, suscribieron la Convención para la Regulación de la Caza de las Ballenas, que establece la creación de la Comisión Ballenera Internacional.
La función de la Comisión, se centraba en estimular, recomendar y organizar estudios e investigaciones relacionadas con las ballenas y su caza.
También dentro de sus finalidades, se encontraba la de estudiar, evaluar y difundir informaciones concernientes a los métodos para mantener e incrementar las poblaciones de ballenas.
En la actualidad, la lucha contra esta cacería vuelve a estar en el foco de la polémica debido a que un juez australiano aceptó la demanda de un grupo ecologista, prohibiendo a una empresa ballenera japonesa, capturar cetáceos en aguas de la Antártida.
Japón tiene previsto cazar durante la campaña del presente verano austral a 850 ballenas minke y 500 ballenas de aleta, con el pretexto de realizar estudios científicos.
Esta actividad se contrapone con la resolución del 2001 de la Comisión Ballenera, en la que solicitaba al gobierno de ese país, no emitir más permisos para la caza de estos mamíferos marinos.
Esta entidad, ha ratificado la moratoria vigente desde 1986 que prohíbe la caza de cetáceos con fines comerciales, pese a las presiones niponas para que se levante el veto para las capturas a pequeña escala.
En el fallo en cuestión, el magistrado del Tribunal Federal James Allsop, sentó un importante precedente, que puede llevar al gobierno australiano a tomar medidas más drásticas respecto a la protección de estos animales.
En este momento, Noruega es el único país del mundo que permite la caza comercial de ballenas. Japón e Islandia cazan más de 2.000 ballenas al año con fines "científicos", lo que, según los grupos ecologistas, es una forma encubierta de realizar capturas comerciales.