La reforma más importante es que ahora los abogados de Corrientes podrán ejercer también como procuradores, lo que les estaba vedado porque la norma vigente establecía que “si un letrado hubiese actuado en el doble carácter de procurador y patrocinante, no se le regularán honorarios como procurador”.
Ahora se instauró la ley federal de aranceles Nº 21.839 que establece que “los honorarios del abogado y del procurador, en conjunto y por todo concepto, no podrán exceder del cuarenta por ciento (40%) del resultado económico obtenido, sin perjuicio del derecho de los profesionales a percibir los honorarios que se declaren a cargo de la parte contraria”.
“Estamos muy contentos. En un año y medio conseguimos la reglamentación del Consejo de la Magistratura y del Jurado de Enjuiciamiento y la sanción de la ley de honorarios”, le dijo a Diariojudicial.com el presidente del Colegio de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial de Corrientes, Yamandú Barrios.
La Cámara de Diputados dio la media sanción que faltaba para aprobar la norma que siguió el camino que había tomado el Senado cuando aprobó la iniciativa en agosto del año pasado.
Respecto a los honorarios, los abogados también tendrán un arancel fijo del 15 por ciento sobre el valor del juicio, es otro de los cambios. Y por su tarea como procurador cobraran un 35 por ciento sobre el 15.
Por otra parte, se creó la Unidad de Regulación de Honorarios (JUS). Cada JUS vale 40 pesos y ningún abogado podrá cobrar menos de 800 pesos y los peritos, cualquier sea su especialidad, menos de 400. Respecto a los peritos martilleros lograran un incremento en los honorarios para la subasta frustrada.
Para que los cambios entren en vigencia solo resta que la ley sea promulgada por el Poder Ejecutivo, lo que los abogados dan por descontado en virtud del amplio apoyo que la iniciativa tuvo en Diputados donde fue aprobada por 23 votos a favor, ninguna en contra y una sola abstención.