04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

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LOS RECURSOS ORALES VAN A DAR MUCHO QUE HABLAR. Quién diría. No hace tanto, un primero de marzo inaugural con un discurso presidencial que resultaba prometedor, poniendo sobre la mesa uno de los tradicionales reclamos institucionales más importantes para la ciudadanía: la lentitud de la Justicia. Sólo 3 meses después, el 30 de mayo, demostrando que el movimiento se demuestra andando, se publica en el Boletín Oficial un verdadero paquete “anti chicanas” para los procesos penales. Con los medios, la oposición y hasta el mismo Gobierno -of course- ocupados a tiempo completo en el conflicto del campo, este verdadero gol de media cancha pasó silenciosamente desapercibido. La última gran reforma procesal fue la del año 92. El nuevo código traía la incorporación el juicio oral y público. Para ese entonces el proceso penal tenía dos etapas, la del sumario en instrucción y la del plenario en etapa de sentencia. El juicio oral y público vino a reemplazar la vieja etapa de “sentencia”. Ahora en el debate de acusaciones y defensas tenían al imputado cara a cara con los jueces que iban a juzgar sus acciones. Se prometía cambiar años y años de trámite en expedientes cosidos a mano por una o dos tardecitas donde se citaban fiscales, querellantes, imputados y jueces para dirimir la cuestión y que pase el que sigue. En la teoría fue un gran avance, pero en los hechos ahora tenemos un juicio que se llama oral pero que en realidad depende del resultado de otro juicio que es el de instrucción, que sigue siendo mortificantemente lento y escrito. Aquel sueño del legislador de un juzgamiento rápido se diluyó tan pronto como un cubito de hielo en el medio del Sahara. Por eso resulta una bocanada de aire fresco la reciente sanción de este paquete de reformas, que tiene como su estrella oculta la oralización de los recursos de apelación de la etapa de instrucción. Estas nuevas medidas atacan justamente los males que hacen insufriblemente larga la etapa de instrucción. Agenda fija para los momentos procesales en los que se puede pedir la recusación de los jueces, que pasada la ocasión decí alpiste porque perdiste. Elevación de la causa a juicio oral, aunque haya incidencias apeladas en cámara. Creación de una nueva Cámara de Casación Penal distinguiendo los casos de la Justicia ordinaria de la Capital Federal de los de competencia federal del resto del país. Y la ya anunciada medida estrella: la oralidad aplicada a los recursos ante los tribunales de alzada (cámaras y casación). Ahora bien, el juicio oral introducido en el 92 fue un notorio cambio cualitativo. Pero poder resolver un juicio en una sola jornada es ya de por sí positivo, pero la mengua de sus ventajas en la práctica estuvo dada en que si hoy llega un caso a la instancia oral, es altamente probable que en algunos tribunales le fijen audiencia para el 2010, incluso con las probation y los juicios abreviados que bajaron considerablemente la cantidad de casos efectivamente ventilados en audiencia pública. Si la instrucción hoy en día dura 4 o 5 años, merced a todos los vericuetos procesales y las probadas habilidades de muchos abogados que saben sacarle jugo a las piedras con vías recursivas interminables, con este nuevo sistema quizá los plazos se puedan bajar a menos de la mitad. Todo va a depender de si las cámaras, que en los papeles tienen la obligación de fijar a audiencia dentro de los 30 días de la apelación, cumplen a rajatabla los plazos, o a la manera de lo que pasó en los tribunales orales, fijan audiencia para dentro de uno o dos años. De las encuestas que periódicamente publica la Corte Suprema se puede ver que de las 11 salas de las 3 cámaras penales porteñas que son alzada directa de los juzgados de primera instancia, algunas tienen casi todo resuelto dentro de los 6 meses mientras que otras tienen atrasos considerablemente más largos. La pregunta del millón es si la respuesta de esos 33 camaristas ante la nueva legislación será homogénea o si habrá liebres y tortugas. El Congreso dirá que ya dio herramientas para agilizar los procesos penales tal cual lo reclamó la presidenta, y que ahora la pelota está en la cancha del Poder Judicial. No es un detalle menor que la combativa consejera Diana Conti ya casi no pueda diferenciar su tarea de legisladora de su actuación en el Consejo. Todas sus fichas las está moviendo en el área de Justicia. Proponiendo leyes, medidas y reformas con un ritmo sostenido, Conti está dispuesta a ser la comisaria del éxito de las reformas propuestas. Ya tiene cerca de su escritorio las proyecciones y estadísticas con los resultados que debería arrojar la puesta en páctica de la trascendental reforma (a partir de los 90 días de promulgada la Ley) La diputada-consejera está convencida que debe darse un cambio cualitativo en el ritmo de respuesta que demanda la ciudadanía y no solamente quedarse en un cambio formal. La modificación del Código es parara todo tipo de causa penal. Justamente a raíz del áspero contrapunto que tuvieron el polémico ex juez de la Cámara de Casación, Alfredo Bisordi, con la primera línea de gobierno del ex presidente Kirchner, se generó la necesidad en el oficialismo de meter las narices en cómo funcionaban por dentro las causas de derechos humanos. Así luego de auditorías y revisiones varias, además de señalar con el dedo a algunos magistrados (tal fue el caso de Bisordi que aún está esperando con paciencia judicial que le acepten la renuncia), se descubrieron algunos cuellos de botella que parece que podrían empezarse a solucionar. Está claro que la reforma fue motorizada por la necesidad de agilizar las causas de derechos humanos, sin embargo el efecto transformador también va a beneficiar a todo el sistema penal, con un considerable impacto en el área de seguridad, que también es un reclamo recurrente y prioritario de la gente. Por eso Conti, sabedora de que el Gobierno recién transita los primeros seis meses en el poder, buscará que se recuerde esta gestión por ser la que desató el nudo gordiano de la lentitud judicial. Si lo logra, muchas reyertas y escaramuzas cotidianas sobre temas judiciales, con el gremio de los jueces y con algunos referentes de la oposición quedarán en un lejano segundo plano. Si el Ejecutivo y el Consejo no generan las condiciones para cuando se cumpla el plazo de 90 días previsto por la Ley para la puesta en marcha del nuevo sistema, los magistrados tendrán una maravillosa excusa para decir que la reforma es impracticable. Hay muchísimo por hacer en este cortísimo plazo: desde las oficinas coordinadoras de la agenda de audiencias hasta los sistemas de audio para poder registrar las grabaciones de los alegatos tal como lo exige la Ley aprobada. Además harán falta salas acordes a esta nueva modalidad de resolución de los recursos, ya que las audiencias serán públicas, por lo que deberá haber espacio previsto para la hipotética concurrencia de terceros. También deberá decidir el Consejo que hará con los jueces que no se acomoden al ritmo previsto por la Ley y sigan sosteniendo acuerdos esporádicos al siestero ritmo de dos veces por semana. Todo esto y mucho más se viene en los próximos meses.

alejandro s. williams / dju
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