20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Los argumentos de la condena a Menéndez

En un extenso fallo de más de 400 páginas, dado a conocer este jueves, el TOF 1 de Córdoba expresó los fundamentos de la condena a prisión perpetua contra Luciano Benjamin Menéndez. Entre otras cosas, los jueces se refirieron a las últimas palabras del represor antes de conocerse la sentencia e indicaron que “no puede racionalmente entenderse la reivindicación y justificación de su gravísimo accionar criminoso”. FALLO COMPLETO

 
A una semana de la histórica condena a presión perpetua contra Luciano Benjamín Menéndez, el Tribunal Oral Federal 1 de Córdoba dio a conocer este jueves los fundamentos de la sentencia, en la que se hace un minucioso análisis del terrorismo de estado desplegado por los militares durante la última dictadura militar.

En el fallo de 429 páginas, los jueces Jaime Díaz Gavier, Carlos Otero Alvarez y José Mucará concluyeron que Menéndez “desarrolló un estricto control de todas las unidades a su cargo, impartió órdenes e instrucciones, generó las condiciones adecuadas para que esas órdenes e instrucciones se acataran, supervisó los resultados y facilitó las condiciones para que el plan (de reorganización nacional), del cual formaba parte con un rol de diseño y dirección, se cumpliera acabadamente por las diversas dependencias a su cargo”.

Así, el tribunal puso en cabeza de Menéndez la responsabilidad penal por los hechos ocurridos bajo jurisdicción del Tercer Cuerpo del Ejército en el marco del “plan sistemático de represión implementado desde el Estado, con el alegado propósito de reprimir la subversión en el período que nos ocupa”.

Mientras que también, el tribunal hizo un fuerte rechazo a las expresiones de Menéndez cuando se le concedió la última palabra en el juicio, quien, entre otras cosas, sostuvo que Argentina ostenta el "dudoso mérito en ser el primer país que juzga a sus soldados victoriosos, que lucharon y vencieron por orden de y para sus compatriotas".

Ante ello, los jueces afirmaron que “no puede racionalmente entenderse la reivindicación y justificación de su gravísimo accionar criminoso, intentado por Luciano Benjamín Menéndez cuando le fuera concedida la última palabra en el juicio; accionar comprensivo del secuestro, torturas y vejaciones, muerte y desaparición de seres humanos indefensos, muchos de ellos, además, ajenos a toda actividad violenta o ilegal, con la horrible secuela de dolor e incertidumbre para sus familiares, amigos, allegados y la sociedad toda”.

El represor también había dicho ante el tribunal que los “guerrilleros de los 70 niegan sistemáticamente la guerra contrarevolucionaria y llaman represión ilegal a los esfuerzos defensivos de las fuerzas legales". Y en ese sentido el fallo remarca que “aún en el hipotético caso de que se admitiera que por aquella época de la historia argentina hubiera existido una guerra de naturaleza informal nada justifica, que quienes representen al menos formalmente al Estado, actúen fuera de la ley, y como en el caso que nos ocupa, de una manera absolutamente denigrante para los seres humanos”.

Las copias de los fundamentos, que no se leyeron por disposición del tribunal, fueron entregadas este mediodía a las partes del juicio, y ahora, los defensores de los ocho condenados tienen 10 días hábiles (hasta el 15 de agosto) para apelar la sentencia y las condiciones de detención de los represores condenados.

Por su parte, Menéndez quedó en condiciones de ser trasladado a Tucumán, donde quedará a disposición del Tribunal Oral Federal en lo Criminal de San Miguel, que someterá al ex jefe del Tercer Cuerpo del Ejército a un nuevo juicio oral: en esta oportunidad por la desaparición en 1976 del ex senador provincial Guillermo Vargas Aignasse.

En tanto que los otros condenados en el marco del mismo juicio contra Menéndez permanecerán detenidos en el módulo MD-2 del penal de Bouwer, de Córdoba capital. Ellos son Luis Manzanelli, Carlos Díaz y Oreste Padován, que recibieron perpetua, y Hermes Rodríguez y Jorge Acosta, que fueron sentenciados a 22 años de prisión.

dju / dju
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