Se estimó en el escrito, que como condición indispensable para el otorgamiento del adicional por presentismo, se requerirá la asistencia perfecta del agente en el mes correspondiente.
También se dispuso que en caso de registrarse una inasistencia en el período fijado para el otorgamiento del adicional, el trabajador recibirá un 50% del monto correspondiente, y de registrarse dos o más inasistencias perderá el derecho al cobro de dicho beneficio en su totalidad.
Aclararon que se exceptúa del requisito de “asistencia perfecta”, aquellas inasistencias justificadas por aplicación del Régimen de Licencias. Además, dispusieron que en una primera etapa, los secretarios serán los responsables de certificar el cumplimiento de la asistencia del personal de sus dependencias.
Sobre el asunto, los ministros expusieron que “el presentismo constituye un valor agregado a la remuneración del personal, que se traduce en un reconocimiento económico a la tarea cumplida diariamente en las condiciones debidas de tiempo y lugar, a la par de traducirse en un incentivo a la responsabilidad, dedicación, y eficiencia en el desempeño de la función.”
La Acordada, pese a que plantea un supuesto beneficio a los trabajadores judiciales, fue muy criticado por responsables del gremio. Al respecto, representantes de la Unión de Empleados de la Justicia de al Nación, afirmaron que “rechazamos la figura del presentismo. Es un arma de doble filo, que se puede ejercer con autoritarismo, y se puede utilizar como premio y castigo. Lesiona los derechos sindicales y el de los trabajadores.”
En relación a ello, señalaron que por ejemplo con las licencias, se plantea el tema de cual va a ser la discrecinalidad de la autoridad para considerarlas justificadas, y en qué situaciones va a afectar la mencionada bonificación. Enfatizaron que “el poder judicial no funciona mal por culpa de los trabajadores.”
Por otra parte, la UEJN manifestó en un comunicado que “el pago del adicional por presentismo resuelto de forma unilateral por la Corte Suprema, es una decisión inaceptable porque impone una figura más propia del nefasto período neoliberal, sinónimo de persecución laboral, flexibilidad y ajuste, que de esta nueva etapa que estamos transitando en nuestra Argentina.”
Alegaron a su vez, que “no es la primera vez que los trabajadores organizados debemos defender nuestros legítimos derechos ante las embestidas del elitismo.”, y que “la UGJN jamás consintió ni reivindicó en toda su historia la figura del adicional por presentismo, por cuanto más allá de constituir una clara herramienta para cercenar los derechos sindicales y sociales de los judiciales, profundiza el autoritarismo, la discrecionalidad y los abusos agravando aún más las pésimas condiciones de trabajo.”
En base a ello, criticaron a la Corte por considerar “engañosos” los argumentos esgrimidos por el Máximo Tribunal, aludiendo a que “pretendían hacernos creer que la única forma de incorporar al salario la suma acordada es mediante el mencionado rubro.”