04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

En busca de la identidad

Un nuevo proyecto de ley propone ampliar la posibilidad de impugnar la paternidad, ya sea por parte de los presuntos padres biológicos, los hijos o las madres. El autor del proyecto, Hugo Prieto, expresó que con la inclusión de estas normativas se consagraría una forma de ratificación del derecho a la identidad. TEXTO COMPLETO

 
Se presentó un proyecto de ley que permite a la madre y al presunto padre biológico de hijos nacidos dentro de un matrimonio, la posibilidad de impugnar la paternidad, derecho que actualmente sólo se permite al que legalmente es el padre, o al hijo.

Dentro del texto del mismo, se propone modificar el Código Civil en lo relativo a la materia agregando algunos artículos. Se contempla la posibilidad de impugnar “la paternidad de los hijos nacidos durante el matrimonio o dentro de los trescientos días siguientes a su disolución o anulación, alegando la imposibilidad de la paternidad o que ésta no debe ser razonablemente mantenida en razón de pruebas que la contradicen.”

También se incluye que “la acción de impugnación de la paternidad del marido, podrá ser ejercida por éste, por la madre, por el hijo o por el pretendido padre biológico”, y que la acción caduca si transcurren cinco años desde la inscripción del nacimiento, salvo excepciones.

A su vez, se incluye que el reconocimiento que hagan los padres de los hijos concebidos fuera del matrimonio, puede ser impugnado por los propios hijos o por los que tengan interés legítimo en hacerlo.

Al respecto, el titular del proyecto, el diputado Hugo Prieto manifestó que “de aprobarse este proyecto una madre podrá interponer una acción por la que alegue que su hijo no fue concebido con su marido, sino con un tercero. Al hacerlo, permite que el verdadero padre acceda al derecho de paternidad, y también que su hijo recupere el derecho de saber quién es su verdadero padre, situación que hasta el momento no está contemplada por esta ley.”

Aclaró que se trata de lograr una doble adecuación, por un lado, referente a la posibilidad científica en el reconocimiento de la paternidad y por el otro, la conciliación con instrumentos internacionales que regulan este tema.

Sobre ello, puntualizó que “el presunto padre biológico tendrá el mismo derecho, que por el momento, sólo lo tiene el padre reconocido como tal ante la ley, y el hijo, que tal como está concebida la norma legal actual, recién puede exigir este derecho luego de alcanzar la mayoría de edad.”

También, alegó que la ley vigente es “visiblemente discriminatoria contra la mujer, el niño (cuya verdadera identidad puede verse afectada), y contra el presunto padre biológico, por lo cual debe ser urgentemente subsanada con un texto que proteja los derechos de todas las partes involucradas.”

Por último, indicó que en la legislación actual hay una “imposibilidad de impugnación de ciertos interesados”, además de enfatizar en que estas nuevas modificaciones, apuntan a una “forma de ratificación del derecho a la identidad”, y que dicha amplitud en la impugnación, lejos de brindar inseguridad jurídica, permite acercase a la verdad en la materia.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486