27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

Frenan obras en Ensenada para proteger el medio ambiente

A través de una medida “precautelar”, un juez del fuero Contencioso Administrativo de La Plata le impidió a la Municipalidad de Ensenada continuar con las tareas de desmonte en el área circundante al Fuerte Barragán, para proteger el medio ambiente. La medida fue dictada pese a que aún no fue sorteado el juzgado que finalmente debe intervenir. FALLO COMPLETO

 
En autos "Asociación civil nuevo ambiente y otro c/Municipalidad de Ensenada s/ medida cautelar", juez en lo Contencioso Administrativo de La Plata Nº 1, Luis Federico Arias, hizo lugar a una acción de amparo y mediante una medida de carácter “precautelar” ordenó a la Municipalidad de Ensenada seguir con las tareas de desmonte en dicho lugar, el cual fue declarado de interés provincial por ley 12.756 y también por la ordenanza municipal 1829/95.

“Al respecto corresponde tener presente que la protección del medio ambiente, constitucionalmente receptada (art. 41 de la CN y 28 de la CPBA), constituye un supuesto de interés público prevalente que resulta determinante a la hora de ordenar la suspensión o el mantenimiento de la eficacia de los actos o comportamientos que incidan positiva o negativamente sobre el ambiente, a la vez que impone prudencia en el conocimiento y decisión de la controversia, a fin de no vulnerar dicho interés”, consideró el juez Arias.

Como la presentación del particular fue presentada directamente en la mesa de entrada del juzgado a cargo de Arias, éste dictó una medida “precautelar” aunque al mismo tiempo dispuso que sea sorteada entre todos los juzgados contenciosos administrativos del fuero, como se realiza comúnmente.

“Por las razones expuestas, y por aplicación del principio de prevención en materia ambiental y lo normado en el artículo 32 de la ley general del ambiente Nº 25.675, corresponde ordenar la suspensión de las tareas de desmonte que se están realizando por parte de persona de la Municipalidad de Ensenada en el área del Fuerte Barragán”, ordenó el magistrado

“Estimo conveniente asignar al presente pronunciamiento un carácter precautelar, limitando sus efectos hasta tanto se expida respecto de la medida cautelar solicitada el juez que resulte competente para intervenir en autos”, aclaró en su resolución el magistrado.

Además de intimar al municipio a cesar con dicha tarea, también fijó una multa de 300 pesos diarios por cada día de incumplimiento.



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