04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Plenario civil: se viene la tasa activa

La Cámara Civil en pleno, decidió comenzar a aplicar la tasa activa en supuestos de responsabilidad extracontractual. También determinó que la misma comenzaría a aplicarse desde el hecho hasta el dictado de la sentencia. Ya se está redactando un plenario al respecto, según pudo saber Diariojudicial.com. De esta decisión dependen los montos de condena en miles de casos en trámite. Aquí, los jueces del fuero adelantan su contenido.

 
Los jueces de la Cámara Civil, se reunieron en pleno, determinado que a partir de ahora se aplicará la tasa activa para actualizar las indemnizaciones por daños y perjuicios, en todos los supuestos de responsabilidad extracontractual. Además, se determinó que salvo excepciones, dicha tasa se aplicará desde que ocurre el hecho hasta el dictado de la sentencia.

El plenario de la Cámara Civil todavía no está redactado en su totalidad, ya que falta que se especifiquen las mayorías y minorías de los tópicos en discusión, aunque magistrados del fuero adelantaron los puntos del debate.

El juez Omar Díaz Solimine, integrante de la Sala “C” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, adelantó que “la aplicación de la tasa activa fue un voto que salió por mayoría absoluta, lo que varió en la votación fue desde que momento debía aplicarse”, aclarando que se determinó la aplicación de la tasa activa en lugar de la pasiva, atendiendo a “la evolución que tuvieron los índices desde el fallo plenario anterior a este, lo que justificó hacer esta variación en la tasa.”Explicó además, que “básicamente se decidió aplicarla desde el hecho hasta la sentencia, siempre que no implique un enriquecimiento ilícito o desmedido, donde habilitará al juez para aplicar una tasa inferior”, subrayando que la postura minoritaria había propuesto que se comience a aplicar desde el momento en que se presenta la demanda.

Adicionalmente, el magistrado Claudio Kiper, miembro de la Sala “H” de la Cámara Civil, alegó que la aplicación de la tasa pasiva favorecía al deudor, ya que la tasa activa es más alta.

Señaló que con este plenario se va a pasar a la tasa activa, pero remarcando que tenía una reserva sobre un punto de la disposición, ya que no estaba de acuerdo en que si el juez la encuentra muy elevada la puede reducir. Se contrapuso a ese criterio, al entender que “un fallo plenario es obligatorio, pero en este caso al permitir reducir la tasa, deja finalmente la decisión a criterio del juez.”

Explicó que este fallo se aplicará a todos los casos que no hubiese un contrato, por lo que regirá en supuestos de responsabilidad extracontractual, que en su mayoría abarca los accidentes de tránsito. Esta resolución cambiará sustancialmente el escenario para las aseguradoras, ya que según el magistrado, “cuanto mas alta sea la tasa, hay mas chances que la compañía de seguro arregle, y eso favorece a la víctima.”

El tema ya fue debatido, donde se acordó y estableció la resolución final. Ahora, sólo resta que el texto sea completado en su totalidad, y luego de su publicación, se comience a aplicar en los supuestos antes indicados.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486