En su resolución, la Corte (para este caso con una conformación especial) sostuvo que los actos cuestionados tanto del Ejecutivo, del Senado provincial como del propio Tribunal son constitucionales y que en los mismos no se verificaron irregularidades o arbitrariedad en los mismos.
El Colegio había cuestionado al Senado por haber aprobado el pliego del juez, al Poder Ejecutivo por haber decretado la designación y a la Corte de Justicia por tomarle juramento a Ferraris
Al contestar la demanda, el Gobierno de la provincia se pronunció a favor de rechazarla, y al respecto señaló que la misma "es inadmisible el cuestionamiento” del ejercicio de la prerrogativa conferida al Ejecutivo por los artículos 143 inciso 7 y 156 de la Constitución Provincial. En tanto, el Senado manifestó que el Colegio no tenía legitimación, y que la designación de un juez de la Corte es un acto político no justiciable.
Por su parte, el Máximo Tribunal provincial señaló que el amparo es un proceso excepcional, y utilizable en delicadas y extremas situaciones, no siendo éste el caso. Para ello, citó jurisprudencia de la Corte de Justicia de la Nación en cuanto a que "la razón de ser del amparo no es someter a la supervisión judicial el desempeño de los organismos administrativos, ni el contralor del acierto o error con que ellos cumplen las funciones que la ley les encomienda, sino la de proveer un remedio adecuado contra la arbitraria violación de los derechos y garantías reconocidos por la Constitución”.
Además, ratificó que la designación de Ferraris tras el acuerdo en el Senado superó el control de legalidad. Así, concluyó: “queda descartada la argüida transmisión de esos defectos al decreto 3660/07, mediante el cual el Poder Ejecutivo Provincial concretó su designación, dentro de las atribuciones reconocidas por los artículos 144 inciso 7º y 156 de la Constitución Provincial y, de igual modo, a la recepción de su juramento por el Presidente de la Corte de Justicia”
La resolución de la Corte local fue firmada por la vicepresidenta, María Cristina Garros Martínez, y los ministros, María Rosa Ayala y Abel Cornejo y los Jueces de Cámara, Alfredo Ricardo Amerisse, José Gerardo Ruiz y Oscar Gustavo Koehle.