Di Lello se pronunció así luego que la Corte Suprema de Justicia anulara, en octubre del año pasado, un fallo de la Cámara Nacional Electoral contrario a las pretensiones de Bussi, quien había solicitado, mediante una acción de amparo, que se le permitiera acceder a la Cámara baja, ya que había obtenido una banca como diputado nacional en los comicios del 24 de octubre de 1999, representando a su partido, Fuerza Republicana.
La Corte entendió que la decisión de la Cámara de diputados, de no aceptar el ingreso del general retirado –quien fue además interventor en Tucumán durante la dictadura— constituía un “caso” que debía ser analizado por la Justicia, sin entrar en la cuestión de fondo.
Con el voto unánime de sus nueve miembros, la Corte resolvió que las actuaciones debían volver al juez de primera instancia, María Servini de Cubría, para que se pronunciara acerca de la “razonabilidad” de lo dispuesto por Diputados, cuyos integrantes durante la sesión del 10 de diciembre de aquel año votaran por amplia mayoría (182 sobre 7 legisladores) la no aceptación del ingreso de Bussi a ese cuerpo, por presunta “inhabiliad moral” a raíz de su “participación activa” en la represión y en la comisión de crímenes de “lesa humanidad”.
En su dictamen, el fiscal Di Lello sostuvo que la resolución parlamentaria “ha sido tomada razonablemente en el ejercicio de sus facultades privativas sin exceder el marco que fija la Constitución Nacional”, a la vez que refutó los argumentos de la defensa de Bussi, cuando recordó que el militar ya había ejercido un cargo en diputados sin que se lo excluyera.
En tal sentido, el fiscal recordó que la Reforma constitucional de 1994 “ha establecido prioridades ideológicas en su texto con la inclusión de normas que reivindican la democracia y los derechos humanos”.