Se trata de Guillermo Cascino, quien creyó "necesario un sistema de elección directa para el nombramiento de los integrantes que formarán parte de la Corte Suprema" y consideró que "nadie mejor que los abogados matriculados, en ejercicio y jubilados, jueces en actividad y jubilados y profesores universitarios de las universidades nacionales, sean los indicados" para elegir entre los que se postulen para dichos cargos.
El proyecto, de cuatro artículos y un quinto de forma, fue presentado ante el presidente de la Cámara de Diputados, Eduardo Camaño.
"Si se repiten las viejas costumbres políticas nacionales y provinciales de nombrar a amigos para el desempeño de la sagrada misión de impartir justicia, caeremos nuevamente en el grave error del pasado y del presente, por lo cual el sistema institucional argentino no resistirá un nuevo fracaso", expresó el abogado en los fundamentos de su proyecto.
"Los miembros integrantes de la Corte Suprema de Justicia accederán al cargo por elección directa que se llevará a cabo por ante un electorado conformado por todos los miembros integrantes de la justicia nacional, por todos los matriculados del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y por miembros docentes de todas las universidades nacionales", dice el primer artículo.
Entre los requisitos propuestos para acceder al cargo de ministro de la Corte, Cascino sugiere que "los postulantes deberán acreditar no menos de 15 años en la magistratura y/o en el ejercicio de la profesión de abogado y/o en la docencia universitaria. Además, deberán poseer idoneidad jurídica pública como condición excluyente", concluye el artículo segundo del proyecto.
La iniciativa prohíbe la posibilidad de postularse, como candidato a ministro de la Corte, a "quienes hayan sido objeto de pedido de juicio político o de enjuiciamiento, por motivos acreditables, y/o quienes hayan sido requeridos ante la Justicia y exista sentencia firme en todas las instancias", según plantea el artículo número tres.
El artículo cuarto formula que los nuevos miembros de la Corte "permanecerán en el cargo por el tiempo máximo de diez años, pudiendo ser reelegidos por otro período igual".