La propuesta contempla que una vez recibida una denuncia, se designe por sorteo a un magistrado para analizar la misma. Para ello tendrá un plazo máximo de 30 días, y si estima que la denuncia es procedente, solicitará la apertura del sumario y la suspensión del denunciado ante el Jurado de Enjuiciamiento. De esta manera, se le quita al Jurado la facultad de disponer de la declaración de admisibilidad de una denuncia.
“La suspensión irá acompañada de una retención del cincuenta por ciento (50%) del haber que le hubiere correspondido, hasta la conclusión de la causa, con excepción del salario familiar y bonificaciones relativas a su carga de familia, las que seguirá percibiendo en su totalidad”, señala el proyecto.
En caso de haber un fallo condenatorio, el mismo sólo podrá ser apelado mediante recurso de casación y sólo por la existencia de vicios graves en el procedimiento.
Como novedad, la iniciativa abre la participación a sociedades o asociaciones las cuales podrán participar en los procesos bajo la figura de “amicus curiae”. Para ello, deberán acreditar cierto interés en los distintos sumarios que encare el Jury.
Además, los legisladores proponen eliminar el artículo 30 de la ley que permite la recepción de nuevas pruebas como medidas para mejor proveer. A su vez, proponen dejar sin efecto el artículo que establece la imposición de costas al denunciante en caso de absolución.
Por otra parte, establece que las audiencias que realice el Jurado serán “orales y públicas”, y se harán en el recinto de la Legislatura provincial. Además, todo el proceso estará registrado en forma audiovisual.