20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Derecho a la celeridad

El Superior Tribunal de Justicia de Misiones exhortó al penal de Ezeiza para que “procure dotar de mayor celeridad a la resolución” respecto a un detenido por homicidio que se encuentra allí detenido. Según palabras del interno, no fue visitado nunca por los jueces de ejecución. FALLO COMPLETO

 
Los ministros del Superior Tribunal de Justicia de Misiones, Cristina Irene Leiva, Ramona Beatriz Velz, Humberto Augusto Schiavoni, Roberto Rubet, Manuel Augusto Mz Palacios, Mario Dei Castelli y Jorge Antonio Rojas hicieron lugar parcialmente al pedido de un detenido por retardo de justicia.

En la causa “Servicio Penitenciario Federal s/ eleva solicitud del interno Claudio Alejandro Gonz s/ queja por retardo de justicia y abandono de personas”, los magistrados exhortaron a la Colonia Penal 19 ubicada en la provincia de Buenos Aires a que “se procure dotar de mayor celeridad a la resolución del mentado planteo”.

El detenido solicitó la posibilidad de acceder a las salidas transitorias (beneficios de la ley 24.660). Por otro lado el interno planteó que “por encontrarse detenido en la Colonia Penal o 19 de Ezeiza - Provincia de Buenos Aires, jamás ha recibido visitas de los miembros del Tribunal Penal Oral Nº 1 de esta Primera Circunscripción judicial, el cual se encuentra a cargo de la ejecución la pena del interno; y que se halla obligado por Ley a visitar y asistir semestralmente a los internos a su cargo”.

Si bien los jueces del Máximo Tribunal local, ante este pedido, solicitaron el informe correspondiente, remarcaron que “del registro del Tribunal Penal al que se ha venido haciendo referencia, como así las incidencias que se hallan apioladas al mismo, surge que la inmensa mayoría de los planteos efectuados por el recurrente al Tribunal encargado de velar por el cumplimiento de la pena a la que fue condenado, han sido resueltas (…) en forma favorable”.

En tal sentido remarcaron que en relación al planteo de abandono de persona, “no se ha verificado, toda vez que surge de autos ha existido un seguimiento cercano de las circunstancias referentes al cumplimiento de la pena por parte del interno Claudio Gonz”.

Por ello, ante la pendiente “resolución de solicitud del interno de percibir el reembolso del peculio devengado por el mismo en razón las tareas llevadas a cabo durante el cumplimiento de su pena en la Colonia Penal Nº 19 de Ezeiza”, exhortaron “a dicho Cuerpo Colegiado se procure dotar de mayor celeridad a la resolución del mentado planteo”.



dju / dju

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