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Federico Quiroga
30 de May de 2009
Acerca del articulo
Inconstitucionalidad del impuesto de sellos a la emisión de resúmenes de cuenta de tarjetas de crédito en la provincia de Buenos Aires.
El analisis me parece correcto. A mi entender el codigo fiscal de Bs.As. tiene una redaccion confusa o mas bien errada: "El resumen" de la tarjeta de Credito no debería estar gravado con el impuesto de sellos, pero si pueden estar alcanzadas por el impuesto de sellos, las operaciones comerciales que se consignan en el Resumen, tales como la compra venta, el mutuo o prestamo de dinero, etc.. El fisco, para simplificar la liquidacion del impuesto de sellos grava "el resumen" en su totalidad, sin discriminar los actos gravados de aquellos que no lo estan, excediendose en las facultades que le permite la ley de coparticipacion, de alli que el analisis resutla correcto, y el impuesto de sellos sobre "el resumen de la tarjeta de credito" resulte inconstitucional.-
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.
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