20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

A favor y en contra

La Corte Suprema de México declaró constitucional la despenalización del aborto en ciertos casos. El fallo del Máximo Tribunal recibió criticas de la iglesia catolica.

 
La justicia mexicana aprobó la despenalización del aborto cuando el embarazo sea producto de una violación, de una inseminación artificial no consentida y cuando el feto presente alteraciones genéticas o congénitas.

La sentencia de la Corte Suprema de Justicia de ese país fue el fruto de dos días de intenso debate donde se declaró constitucional la segunda parte de una ley aprobada el año pasado por la Asamblea Legislativa, la cual despenaliza el aborto cuando el embarazo es fruto de una violación o de una inseminación artificial no consentida.

En votación dividida de siete votos contra cuatro, la máxima autoridad judicial de México declaró la constitucionalidad de la llamada ley Robles, que tampoco aplica sanción al aborto cuando el producto de la concepción presente malformaciones congénitas (aborto eugenésico).

La decisión de la justicia generó distintas reacciones en la sociedad mexicana. Por una parte, la Conferencia del Episcopado Mexicano afirma que el hecho de que una ley sea aprobada no significa que moralmente esté aceptada.

En ese sentido, el padre Francisco Javier González afirmó que “la iglesia siempre ha sido clara y seguirá manteniendo la postura firme de defensa a la vida".

Por otra parte y como era de esperar los grupos de feministas calificaron a la resolución de "importante para la salud de las mujeres y para su dignidad" y agregaron que se reconoce el derecho de la mujer a decidir sobre su reproducción.



dju / dju
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