Bibiloni, profesor de derecho en la Universidad de La Plata y director del Instituto Superior de Ecología, dio su definición al disertar sobre la dificultad que existe en la identificación del daño ambiental. En ese sentido, precisó que es más importante cuidar a “los sistemas que protegen la vida” antes que a “los monumentos”.
Bibiloni expresó que la única forma de evitar el daño es “trabajando con probabilidades y matrices de riesgo”. “La gente de derecho somos como la Iglesia, venimos detrás de la modernidad”, señaló en tono irónico.
El abogado destacó el fallo “Mendoza” de la Corte Suprema de Justicia al que calificó como “un ejemplo maravilloso de eficacia” y en ese sentido, destacó la importancia de que las jurisdicciones “tengan autonomía”.
Bibiloni comentó que recientemente publicó un artículo titulado “El derecho ambiental es una falacia” y en ese sentido explicó que es un derecho que “no puede ejercerse si no se cumplen con ciertos deberes”.
Con esa postura coincidió el abogado Marcelo López Alfonsin, orador en el palel, que destacó que el derecho ambiental es de “doble faz”: aquellos que lo ejercen tienen derechos y deberes.
El letrado destacó que el artículo 41 de la Constitución pondera la “recomposición”. “Al constituyente de 1994 le importó que el daño ambiental no se produjera”, dijo López Alfonsín e indicó que si se produce “hay una necesidad de recomposición”.
El abogado se quejó pues a pesar del avance que supuso el artículo 41, señaló que los legisladores demoraron ocho años en sancionar una ley de ambiente, que recién se promulgó en 2002.
López Alfonsín manifestó que “un juez en cualquier proceso ambiental es un actor fundamental”. La magistrada porteña Alejandra Petrella, que actuó como coordinadora, aseguró al iniciar el debate que la cuestión ambiental “es un tema al que la magistratura no había dado tanta importancia y la Corte tuvo que dar una explicación, con el fallo ‘Mendoza’”.
Petrella también reclamó la implementación de procesos colectivos para este tipo de daños.
Bibiloni sostuvo que “el concepto de que un derecho empieza donde termina otro ya no se puede concebir en un mundo en el que ya no es tan fácil distinguir el ambiente público y el privado”. “El desafío es empezar a pensar de nuevo creativamente”, dijo el abogado.
Habeas Data o la recomposición del escenario de 1984
Al panel “Daño ambiental. Evitación del daño” le siguió “Habeas Data”, en el que participaron como expositores los abogados Marcela Basterra y Guillermo Peyrano, el juez Juan Vicente Cataldo (como coordinador) y la abogada Graciela Pérez (como relatora).
Basterra, profesora de la Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura, sostuvo que “el habeas data apareció para hacer equilibrio entre el poder de la informática y el derecho a la intimidad, que se enfrentan”.
La abogada inició su exposición recordando el libro 1984 de George Orwell, que advertía sobre las consecuencias de que un Estado avanzara sobre los datos personales. Basterra recordó que Orwell escribió su libro en 1948, en un contexto de autoritarismos y fascismos.
La letrada señaló que a diferencia de otros países del mundo, el Iberoamérica el Habeas Data se fue “constitucionalizando” y se incorporó a las cartas magnas de Portugal, España (en los ’70) y en varios países de América latina en la década del ’80 mientras en Argentina se incorporó a la Constitución de 1994.
Basterra diferenció el Habeas Data del acceso a la información pública y mencionó los principales aspectos de la ley 25.326 y del fallo “Martinez, Matilde Susana c/Organización Veraz S.A” de la Corte.
Al cierre de esta edición comenzaría su exposición el abogado Peyrano.