18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024

Cuando Gesell no existía

El Superior Tribunal de Justicia de Misiones denegó un recurso de casación presentado por el abogado de un condenado por abuso sexual. Lo curioso del caso fue que entre los argumentos esgrimidos por la defensa figura la valoración del testimonio de la menor involucrada. FALLO COMPLETO

 
El Superior Tribunal de Justicia de Misiones, Jorge Rojas, Humberto Schiavoni, Manuel Marquez Palacios, Mario Dei Castelli, Cristina Leiva, Roberto Uset y Ramona Velázquez, decidió rechazar un recurso de casación presentado por un condenado por abuso sexual con acceso carnal.

La presentación fue realizada contra un fallo dictado por el Tribunal Penal Nº 1 de la segunda circunscripción que condenó al imputado a doce años de prisión.

Entre los argumentos de la defensa en la causa “M R s/ abuso sexual con acceso carnal calificado por el vínculo”, mencionan que se “menciona únicamente la declaración de la menor como prueba” y “que la misma no fue corroborada con ningún otro indicio y que fue introducida de forma ilegal al proceso”.

Ello pues se considera “que los sentenciantes han rebasado el principio rector de la sana crítica racional, haciendo valer su íntima convicción como único método de interpretación y valoración de las pruebas, sobretodo respecto de la declaración de la menor”.

Por su parte los magistrados argumentaron que “los sentenciantes para tener por acreditada la existencia material de los hechos y la autoría por parte del imputado, han efectuado una valoración integral de las pruebas aportadas a la causa, no sólo de los dichos de la menor”.

Además, los afirman que la declaración de la menor fue valorada “en base a la apreciación y percepción que tuvieron los magistrados en el desenvolvimiento del debate” pues la víctima se encontraba inhibida, llorosa y dolida; situaciones que “denotaban un estado indudable de alteración espiritual” provocado por los momentos que “en desgracia le ha tocado vivir”.

Con respecto a la ilegalidad de la declaración de la menor, sostenida por la defensa, el máximo tribunal provincial dijo que el sistema de ‘Cámara Gesell’, fue incorporado en el año 2008, por lo que “las declaraciones (…) datan del día 3 de marzo del 2006, es decir que no estaba vigente el procedimiento de Cámara Gesell, resultando “a todas luces improcedente la denuncia de ilegalidad que hace el quejoso”.

Razones por las cuales los magistrados decidieron rechazar el recurso de casación presentado y confirmar la sentencia a 12 años para el imputado.



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