Los ahorristas uruguayos indicaron que no se les brindó una “audiencia imparcial” para sus reclamos ante la comisión asesora creada mediante la Ley de Reforma del Sistema Financiero o ante el Tribunal Contencioso Administrativo en relación con la transferencia de sus fondos del Banco de Montevideo a otro banco, lo cual se realizó sin consultarles previamente.
Solicitaron que el Estado uruguayo estableciera un mecanismo “idóneo y efectivo” para que las personas identificadas como víctimas, así como los otros miembros de un grupo de más de 1.400 personas en situación similar, puedan acudir y tener la posibilidad de acreditar si reúnen los criterios de la legislación aplicable para recibir la compensación prevista de conformidad con la Ley de Reforma del Sistema Financiero.
El Banco de Montevideo quebró en 2002 y los fondos allí depositados fueron transferidos a una entidad en las islas Caimán sin consultar previamente a los ahorristas.
Barbani Duarte y Breccia Farro se presentaron en octubre de 2003 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su nombre y en nombre de 686 personas más por la presunta violación de sus derechos a la vida (artículo 4), propiedad privada (artículo 21), e igualdad ante la ley (artículo 24).
También reclamaron por la violación de las obligaciones de respetar los derechos y adoptar medidas previstos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Dijeron que las violaciones alegadas serían responsabilidad del Estado por el delito de estafa perpetrado en contra de algunos ahorristas del TCB-Banco de Montevideo, con la supuesta connivencia de las autoridades uruguayas debido a su omisión de controlar las actividades de dichos bancos y sus propietarios.
Este año ya se elevó a la Corte Interamericana la causa por la desaparición de la nuera del poeta argentino Juan Gelman (también contra el Estado uruguayo) y la del Sindicato de Funcionarios, Profesionales y Técnicos de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima contra el Estado peruano.