04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024
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Carmen Fernández

 

Acerca de la noticia "El Estado no puede liquidar el derecho de una de las partes". Estaba leyendo esta nota del año 2005, y se me hizo un nudo en el pecho! Mi suegra de 86 años prestó por escribanía lo poco que tenía, 16000 dls...en el 2002, a pagar 24 cuotas de interés y al finalizar el capital. Después de años de juicio, la causa llegó a la Corte...que falla de una manera incomprensible!! El capital pesificado, mas el esfuerzo compartido del 30% por parte del deudor, mas el 2,5% anual!!!!! INCOMPRENSIBLE, con una inflación de casi el 30%!!! El deudor aún no pagó...pero según la Corte, lo que debe pagar para liberar su hipoteca, no alcanza a 8500 dls. después de 8 largos años!!! Una anciana que prestó sus ahorros para complementar su magra jubilación...ha sido absolutamente despojada de sus ahorros y de sus derechos! Dónde está la igualdad ante la ley para la Corte Suprema?? Realmente vergonzoso.



carmen fernández / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

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