20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
En Berazategui

La autopista no puede invadir el parque

El juzgado federal de Quilmes frenó la construcción de una autovía que incluye un tramo sobre el Parque Pereyra Iraola. Los vecinos denunciaron que se pone en peligro el equilibrio ecológico.

 

Los vecinos del Parque Pereyra Iraola presentaron una acción de amparo contra el Estado con el objeto de que se disponga el cese inmediato de las obras de construcción de la autopista que une el Camino del Buen Ayre con la Autopista La Plata-Buenos Aires y el "cese inmediato de todos los efectos y actos administrativos tendientes a su concreción".

El Juzgado Federal de Quilmes, a cargo del juez Luis Armella, hizo lugar al reclamo y además ordenó la realización de la evaluación de impacto ambiental prevista por los artículos 8 inc. 2°, 11, 12 y 13 de la Ley 25.675. Todo ello, "en razón de que en su traza, dicha autopista de vinculación, tiene previsto pasar por el Parque Pereyra Iraola, situación ésta, que pone en real, efectivo e inminente peligro el equilibrio ecológico de un hábitat natural incorporado al sistema de Áreas Naturales Protegidas del mundo en forma de Reserva de Biosfera", consigna el fallo.

El reclamo fue fundamentado en los términos "del art. 43 de la Constitución Nacional, de la ley 16.986 (Ley de Amparo) y de la ley 25.675 (Ley General de Ambiente)".

Todo ello, según la presentación, “en razón de que en su traza dicha autopista de vinculación tiene previsto pasar por el Parque Pereyra Iraola, situación ésta, que pone en real, efectivo e inminente peligro el equilibrio ecológico de un hábitat natural incorporado al sistema de Áreas Naturales Protegidas del mundo en forma de Reserva de Biosfera”.

"La cuestión aquí impugnada pone en serio riesgo la preservación de un patrimonio natural que goza de un alto valor genético mundialmente reconocido, así como la diversidad biológica allí existente, y cuyo daño podría ser quizás recompuesto económicamente pero jamás en términos reales, lo que significa comprometer las necesidades de las generaciones futuras", consigna la sentencia.

"Desde su origen los primeros decretos expropiatorios del año 1949 lo hicieron con destino a Reserva Forestal, el decreto 5421/58 declaró a la Selva Marginal Punta Lara como Reserva Integral, debiendo la misma considerarse intangible. La Ley 6978/64 declaró de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de tierra ubicada en el Partido de Berazategui de 16.083,14 metros cuadrados, las destinó a Reserva Forestal y ordenó su anexión al Parque Pereyra Iraola. La Ley 7293/67 declaró a las parcelas de tierra ubicadas en el llamado sector “Santa Rosa” Reserva Forestal de conformidad con lo prescripto con la Ley Nacional 13.273 de Riqueza Forestal y la Ley de Adhesión Provincial 5699", recordó Armella.

En cuanto a la posible regeneración del ecosistema, el juez entendió que "los daños infringidos al ambiente no siempre son pasibles de restauración, por lo que la regla de reponer las cosas al estado anterior a la afectación, que subyace a la obligación de reparar por daños, no resulta útil, máxime si tales daños resultan graves o irreversibles, conllevando por ejemplo la extinción de hábitats, ecosistemas o especies. Por ello, cuando existe certeza de que una actividad puede provocar daño ambiental, deben adoptarse las medidas tendientes a prevenir, vigilar y evitar que este se produzca".

En conclusión, el magistrado ordenó al Poder Ejecutivo Nacional, a la Dirección Nacional de Vialidad y a la UTE que lleva adelante el emprendimiento, “la suspensión inmediata de todas las tareas vinculadas a la realización de mensuras, relevamientos, mediciones, estaqueos, amojonamientos, cateos, perforaciones, etc., y todas las diligencias necesarias, entrevistas, asesoramiento y notificaciones a los productores residentes, citaciones, toma de posesión, paso u ocupación, liberación de la traza, suscripción de avenimientos, registraciones, protocolizaciones, adquisiciones e inscripciones dominiales a nombre del Estado Nacional, en toda la extensión del Parque Pereyra Iraola y cualquier otra tarea preparatoria enderezada a la puesta en marcha del plan de obra de construcción del Tramo IV de la autopista de vinculación destinada a unir el Camino del Buen Ayre con la Autopista La Plata- Buenos Aires”.

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dju


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