20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Corrientes

Un terraplén, muchos fallos y una sentencia incumplida

Nuevamente la Justicia correntina hizo lugar a una apelación interpuesta contra el terraplén construido sobre los Esteros del Iberá. Ya son más de una decena de sentencias que siguen el reclamo de los ecologistas y los pobladores del lugar.

 

La Justicia de Corrientes volvió a dar la razón a ecologistas y pobladores en torno a la construcción del terraplén existente en los Esteros del Iberá. Se trata de la causa “Leiva Bruno c/ Forestal Andina s/ sumarísimo”, en la que la Cámara de Apelaciones de Corrientes, mediante la resolución Nº 23/11, con fecha 2 de marzo, decidió hacer lugar a la apelación presentada por el actor revocando una sentencia de septiembre del año pasado.

En su sentencia, los camaristas Carlos Aníbal Rodríguez y María Eugenia Sierra De Simoni sostuvieron: “Ya esta Sala en su sentencia de mérito refirió a las dos etapas de la obra cuestionada, esto es, tanto a lo construido antes del dictado de la medida cautelar ordenada en autos como a lo hecho con posterioridad, y allí se dispuso que lo realizado con posterioridad debía ser destruido inmediatamente por la propia demandada”.

“Y en su caso, de no hacerlo, por la autoridad de aplicación (ICAA) a costa de aquella y con respecto a lo realizado con anterioridad debía llevarse a cabo el proceso de evaluación ambiental y de no hacerlo, la autoridad de aplicación debía proceder a su demolición”, agregaron.

Es que se solicitó la realización de una audiencia pública “a fin de que los técnicos ambientales del organismo puedan dejar plasmado su opinión técnica ambiental y las consecuencias que el cumplimiento de la sentencia de autos producirá”. Lo que no fue aceptado por los jueces, pues “en autos existe sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, por lo que la misma debe ser cumplida sin más trámite”.

“La audiencia solicitada carece de sentido, pues la sentencia debe ser ejecutada, no pudiendo el informe que pretende el ICAA paralizar la referida ejecución”, sentencian.

Desde la organización ecologista “Salvemos al Iberá” sostuvieron que la resolución de la Cámara significa que “ya no se permitirán medidas dilatorias y el terraplén debe ser inmediatamente demolido”. Además, sostienen que 14 familias de campesinos que habitan el paraje Yahaveré - ubicado 1 kilómetro aguas arriba del terraplén - "sufren la anegación de las escasas tierras altas en donde tienen sus hogares y alimentan a su ganado”.

En el fallo, también, los magistrados explicaron la importancia de los esteros. Así, consignaron –tal y como lo sostiene la Convención de Ramsar- que estos “humedales de importancia internacional” son fundamentales “para la conservación de la diversidad biológica mundial y para el sostenimiento de la vida humana a través del mantenimiento de sus componentes del ecosistema, procesos y beneficios/servicios". Dicha convención fue ratificada en nuestro país por Ley Nº 23.919

 



dju
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