En ese sentido, Lanusse consideró que si bien la sala VII de la Cámara del Crimen procesó a Grosso como miembro de una asociación ilícita (además de trabarle un embargo de 10 millones de pesos), el ex funcionario debe ser imputado en el carácter de “jefe” de la misma.
“Desde la gestión municipal de Carlos Grosso se conformó una asociación ilícita, sellada en la confianza que inspiraba el dominio confabulado de las distintas áreas del poder institucional que compartían los imputados”, manifestó el fiscal, quien agregó que pensar que el imputado fue tan sólo un integrante más de la asociación ilícita “carece de sustento lógico”, ya que expresó que la instancia ejecutiva del gobierno se agota en Grosso, al tiempo que recalcó que el grupo se “estableció en el más alto nivel gubernamental” por el preciso designio del ex intendente.
En su escrito, el fiscal opinó que los móviles que guiaron el concierto delictivo no fueron otros que “la codicia, ambición, desenfado en el cuidado de la cosa pública y el desapego absoluto a la ley”.
Al concluir con esas afirmaciones, Lanusse concluyó que la convicción de la fiscalía era que “el beneficio de eximir de prisión a Grosso debe rechazarse”, dado que consideró que “ninguna caución puede disipar el temor objetivo, debidamente fundado en el estado en que se ha logrado colocar esta investigación de poder aplicar concretamente el derecho penal sustantivo en cabeza de los procesados”.
Además de Grosso, se vieron beneficiados por la decisión del juez los imputados Manuel Guerrero, Alfredo Kalinsky y el ex concejal Jorge Castells, sobre quienes también pesaba la prisión preventiva.
La causa se inició hace once años, a raíz de una denuncia del actual jefe de gobierno porteño, Aníbal Ibarra quien sostuvo que la concesión del complejo del Golf se realizó a una empresa de nombre AESA, firma que, según se indica en la causa, se habría creado para obtener la licitación