01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

En vías de solución

Tal como lo dispuso la Corte Suprema, comenzó la distribución de las causas contra el corralito presentadas después del 15 de febrero, las que serán tramitadas por las secretarías de tres fueros.

 
En ese sentido, las causas presentadas en contra de los alcances del decreto 1570/01 y sus posteriores modificaciones que se hayan interpuesto con posterioridad al 15 de febrero se distribuirán entre las 22 secretarias del fuero Civil y Comercial federal, ochenta y seis del Civil y ochenta de la Justicia Nacional del Trabajo.

Así lo dispusieron los presidentes de las Cámaras de Apelaciones de los fueros mencionados, quienes se reunieron para dar cumplimiento a lo dispuesto en su acordada número once por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

De esta forma en el acuerdo que lleva la firma de la los titulares de las cámaras Laboral, Alcira Pasini, Contencioso Administrativo Federal, Guillermo Galli, Civil, Fernando Posse Saguier y Civil y Comercial federal, Eduardo Vocos Conesa, se dispuso que desde el ámbito de origen de las causas se “dará una adecuada difusión a la reubicación de las demandas y medidas cautelares comprendidas en la presente”.

Según el acuerdo, la distribución se sustentará en la asignación equitativa de las referidas causas ante la justicia en lo Contencioso Administrativo Federal, ámbito que sufrió un colapso cuando recibió cerca de 100.000 amparos en contra de las normas restrictivas del Poder Ejecutivo Nacional, conocidas como corralito bancario.

Cada uno de los doce juzgados del fuero en lo contencioso administrativo federal tendrá a su disposición un cupo determinando de secretarias de los demás ámbitos de la justicia. Se remarcó que en cada caso se tendrá en cuenta la sede de las mismas con el fin de facilitar la concurrencia de los magistrados.

En tanto, los titulares de las cámaras se comprometieron a mantener un “contacto permanente”, a fin de arbitrar las soluciones que correspondan con relación a la metodología a implementar para prestar un adecuado servicio de justicia.



dju / dju
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