16 de Julio de 2024
Edicion 7005 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 17/07/2024

Brevatas

Avalan extracción compulsiva contra acusado de violación l Importaciones: oficializan nuevo sistema de declaración jurada | Libre bajo caución, no; pagando 200 pesos, sí

 

Avalan extracción compulsiva a persona acusada de violación

La Cámara de Casación confirmó un fallo que ordenó de extraer compulsivamente sangre a un preso acusado de violación para determinar si es portador del virus VIH y si contagió a su víctima. La decisión fue tomada por los jueces de la sala II de la Cámara, integrada por jueces Alejandro Slokar, Pedro David y Liliana Catucci y confirma una fallo elaborado por la ex jueza de instrucción (hoy en un tribunal oral) Inés Cantisani. Los explicaron que la extracción sanguínea es "la única forma" de establecer si una persona tiene el virus y consignaron que quien deberá someterse a la extracción está procesado con prisión preventiva acusado "del delito de abuso sexual con acceso carnal, reiterado, en concurso real con privación ilegal de la libertad, agravado por su comisión con violencia y lesiones leves".

Declaraciones juradas para la importación

Este lunes se publicó en el Boletín Oficial la resolución 3252 en la que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece una “Ventanilla Unica Electrónica” por medio de la cual a partir del próximo 1 de febrero se obliga a presentar una Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI) para " facilitar la transferencia ininterrumpida de información comercial, relativa a las operaciones de importación, entre todos los organismos gubernamentales que, en el marco de sus competencias, tengan injerencia en las operaciones de comercio exterior".

Niegan excarcelación pero fijan una fianza muy baja

La Sala I de la Cámara del Crimen de Capital Federal decidió denegar la excarcelación bajo caución juratoria a un peruano con antecedentes por robo pero, en cambio, decidió fijar una fianza de tan solo 200 pesos. Así se expidieron los magistrados Jorge Rimondi y Luis Bunge Campos, quienes tuvieron en consideración una condena de un año y cuatro meses de prisión que ya pesaba sobre el acusado, dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal 18 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A pesar de ello fue declarado "rebelde", razón por la cual "la imposición de una caución juratoria aparece insuficiente a efectos de asegurar la sujeción" del individuo "a los futuros llamados jurisdiccionales". En ese orden los jueces también determinaron que "atento la calidad de extranjero del imputado, el juez de grado deberá oficiar al Departamento de Extranjeros Judicializados de la Dirección Nacional de Migraciones y al Consulado de Perú".

 



dju

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