20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Avalan veto del Ejecutivo porteño que no estaba firmado por el jefe de GCBA

El TSJ de la Ciudad declaró, por mayoría, inadmisible una acción de inconstitucionalidad presentada contra un decreto de Ejecutivo porteño que vetó la ley que adhería a la regulación de la actividad farmacéutica (Ley Nacional Nº 26.567). El decreto fue firmado sólo por el jefe de Gabinete y no por Mauricio Macri.

El Tribunal Superior de Justicia porteño declaró, por mayoría, inadmisible un recurso presentado contra un decreto del gobierno de la Ciudad que vetó una Ley sancionada por la Legislatura de la Ciudad y que adhería a la regulación de la actividad farmacéutica.

Se trata de la causa “Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y otro c/ GCBA s/ acción declarativa de inconstitucionalidad” donde la Confederación presentó una acción de inconstitucionalidad contra el decreto 670/11, donde el Poder Ejecutivo local vetó el proyecto de ley sancionado en diciembre del año pasado por la Legislatura de la Ciudad y que adhería a la Ley Nacional Nº 26.567.

Según quienes presentaron la acción, el decreto era “invalido por haber sido refrendado solamente por el Sr. Jefe de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo local”.

La mayoría, conformada por José Osvaldo Casás, Luis Francisco Lozano y Ana María Conde, sostuvo que “el veto constituye una instancia que se da en el marco del proceso de formación y sanción de las leyes previsto por la Constitución, cuyo ejercicio es atribución exclusiva del titular del Poder Ejecutivo”.

Asimismo consideraron que la presentación no cuestionaba una norma vigente, “sino un procedimiento legislativo que está en curso”. Proceso que prevé que “cuando un proyecto de ley sancionado es vetado por el Poder Ejecutivo, ‘…el proyecto vuelve a la Legislatura, que puede insistir con mayoría de dos tercios de sus miembros, en cuyo caso el texto es ley. Si no se logra la mayoría requerida, el proyecto no puede volver a considerarse en ese año legislativo”.

El voto en minoría estuvo plasmado en el voto de Alicia Ruiz, que “el decreto impugnado es susceptible de ser objeto de la acción interpuesta pues cumple con los recaudos de ser una norma local de carácter general, toda vez que su contenido y propósito remite a un proyecto de ley general –proyecto legislativo 4015 que adhiere a la ley nacional 26567, que regula el ejercicio de la actividad farmacéutica emanado de las autoridades de la Ciudad, de acuerdo a los arts. 113, inc. 2 de la CCABA y 17 de la LPTSJ”.

A lo que agregó que “el citado decreto es norma vigente porque interfiere directa y concretamente en la promulgación del proyecto de ley que veta. Caso contrario, el proyecto de ley emitido por la legislatura local”.

Sin embargo, la mayoría votó por declarar la inadmisibilidad demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y los particulares Margarita Menéndez Llano, Luis Felipe Antun y Liliana Amalia Olivera.

 



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