El cuerpo porteño desestimó una denuncia por mal desempeño en sus funciones contra la titular de un juzgado de primera instancia en lo PCyF, Graciela Dalmas. La presentación también involucraba a fiscales y defensores del mismo fuero.
El martes pasado el plenario del Consejo de la Magistratura de la Ciudad desestimó una denuncia por mal desempeño en sus funciones contra la titular del juzgado de primera instancia en lo PCyF N° 4, Graciela Dalmas, por mal desempeño en sus funciones.
Se trata de la resolución 457 /2012 cuyas actuaciones en el organismo se iniciaron con la denuncia por el particular Jorge Hugo Kleisner, no sólo contra Dalmas, sino que también incluía a la fiscal Silvia Mónica De Napoli; y a los defensores Miguel Talento Bianchi y Gabriela Marquiegui Mac Laughlin.
La denuncia presentada por Kleisner sostenía que en una causa en la que se encuentra imputado, tal y como se consigna en palabras del mismo: “he presentado 40 escritos; quejándome; de procedimientos contrarios al CPPCABA; y nunca me toman en cuenta; hacen lo que quieren, nadie los controla; todos los denunciados tienen sede en la calle Beruti 3345 CABA”.
En este contexto el denunciante sostuvo que “tenía que hacer horas comunitarias” y aunque presentó 10 escritos, expresando que no las hizo pero que “las defensorías (15 y 16) extralimitándose y ejerciendo abuso de poder y autoridad, me desmienten en forma reiterada”. Por lo que consideró que las fiscalías y las defensorías “confabulaban” con el juzgado. Aunque en el expediente figuraría un presunto, según las palabras del denunciante, certificado de estas tareas realizadas.
“Aunque parezca poco verosímil, yo soy el sobreseído , yo soy el que presenta la apelación; yo me favorezco procesalmente, con el mal desempeño de estos funcionarios; por una cuestión de honestidad y principios vengo a realizar esta denuncia contraria a mis intereses; también porque los que suscribieron dicho certificado falso quedarían impunes; el mal desempeño de estos funcionarios; contribuye a ocultar y que pase de largo; esta falsificación de documento; a pesar de mis reiterados e insistentes reclamos”, consigna la denuncia del imputado contra los funcionarios judiciales.
Sin embargo, los consejeros no advirtieron “irregularidad alguna en su trámite”, considerando que “la actuación de los magistrados denunciados se adecuó a los parámetros de actuación previstos en el Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Por lo que “la evaluación del mérito de sus decisiones es de esfera estrictamente jurisdiccional y sólo puede ser revisada a través de las vías recursivas de impugnación previstas a tal efecto”.
Asimismo, consignó que “luego de acreditarse el cumplimiento de las horas comunitarias del nombrado, éste comenzó a cuestionar esa información sin otro elemento que sus propias manifestaciones y realizó múltiples pedidos por derecho propio, todos visiblemente improcedentes y en su propio perjuicio procesal”. Por lo que los consejeros desestimaron la denuncia contra todos los implicados en ella.