Las reuniones empezaron a realizarse hace tres meses entre la Inspección General de Justicia y representantes de los consumidores para proyectar una normativa que permita la continuidad de los planes o en su defecto modificarla y proceder a liquidarlos. Sin embargo, en la reunión de hoy, que tuvo lugar en el Departamento de Ahorro de la IGJ, se unificó la idea de que “hay que hacer pagable la cuota y diferir lo que no sea pagable para un futuro”, como un primer tramo para las negociaciones con las administradoras de planes de ahorro.
Tradicionalmente los planes de ahorro, muy utilizados en la compra de automotores, implican un contrato con cláusulas preestablecidas donde se fija la cuota según el valor del bien a financiar. Ante el fin de la convertibilidad con la subsiguiente devaluación y la perdida de la estabilidad económica, la IGJ dictó la Resolución 1/2002 de fecha 4 de febrero pasado, publicada dos días después en el Boletín Oficial, por la cual se disponía que
“Las entidades administradoras
de planes de ahorro bajo la modalidad de círculos
cerrados para la adjudicación y entrega de automotores
y otros rodados, no aplicarán a partir de
la vigencia de la Ley Nº 25.561, las estipulaciones
de sus condiciones generales de contratación
que prevén la variación del valor móvil de los bienes
objeto de los contratos y el reajuste, en función
de dicha variación, de las cuotas de ahorro o
amortización pendientes.
El valor de la cuota que corresponda al grupo
de suscriptores no podrá tener variaciones respecto
del último que hubiere correspondido abonar
antes de la entrada en vigencia de la Ley
Nº 25.561.
En ningún caso podrán emitirse ajustes o complementos
posteriores, aun cuando los mismos se
correspondan con el valor que el mismo bien-tipo
tenga para la concertación de nuevos contratos.
Los pagos efectuados en las condiciones de este
artículo tendrán valor cancelatorio.” En síntesis, lo que se dice es que no se pueden aumentar las cuotas.
Asimismo, la norma establece que las cuotas que, con posterioridad a la vigencia de la Ley Nº 25.561, hayan sido emitidas en infracción a lo anteriormente mencionado, deberán reajustarse al valor que corresponda por aplicación del mismo, acreditándose la diferencia al suscriptor en la cuota inmediata siguiente.
Por último, la resolución señala que “Dentro del plazo de NOVENTA (90) días contados a partir de la fecha de publicación de la presente, se adoptarán las medidas necesarias a efectos de adecuar el funcionamiento y aplicación de los planes de ahorro bajo la modalidad de círculos cerrados para la adjudicación y entrega de automotores y otros rodados, a las normas dictadas como consecuencia de la declaración de Emergencia Pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria”, plazo que ya se encuentra vencido.
Sin embargo, las sociedades administradoras de planes de ahorro no respetaron esa resolución y aumentaron las cuotas, lo que generó 600 denuncias presentadas en el Inspección General de Justicia.
Por su parte las administradoras presentaron un recurso de amparo el 14 de febrero último ante el juzgado en lo Contencioso Administrativo federal número once, pero a pesar de que la magistrada María José Sarmiento aún no se pronunció sobre el tema, se registraron aumentos en las cuotas de hasta un cien por ciento en algunos de los casos. Por el momento no han sido sancionadas, aunque se prevé que la IGJ, que se encarga de controlar los planes de ahorro, aplicaría multas por incumplimiento.
Las denuncias, que están siendo presentadas desde principios de febrero, son tomadas como base de cálculo, según indicó a Diariojudicial.com el jefe del Departamento de control federal de ahorro, Manuel Alejandro Domínguez Soler.
“La normativa que está por salir ajustará todos los contratos viejos para tratar que todas las cuotas sean sobrellevables, siempre en base a que las cuotas deben ajustarse de acuerdo al valor del auto”, señaló.
La negociación que se está manteniendo con las administradoras de planes de ahorro –que hasta el momento sería acatada- tomaría como valor de referencia el mes de diciembre de 2001. En ese sentido, se devolvería todo lo cobrado en exceso en las cuotas correspondientes a junio, julio y agosto y todo lo no pagado se deferiría al final del plan. El proyecto también incluiría la reducción de la carga administrativa.
Instaurados en la década del sesenta, los planes de ahorro tuvieron su boom en los ochenta a partir de que había una gran distorsión de los salarios y los precios de los bienes. Sin embargo en los años noventa, los electrodomésticos se hicieron muy accesibles y ya no hubo necesidad de planes de ahorro. Por este motivo se desmantelaron todas las empresas de ahorro de electrodomésticos.
En los últimos tres años no hubieron nuevos contratos porque no fueron convenientes económicamente para las empresas. Únicamente fueron provechosos para los bienes de transporte pero todas las automotrices ya tenían su empresa. En el caso de los electrodomésticos, los planes dejaron de ser beneficiosos y fueron remplazados por la tarjeta de crédito y la financiación bancaria.
En la actualidad hay 37 sociedades de planes de ahorro, entre las que financian bienes muebles e inmuebles, planes abiertos y sociedades de capitalización. Las personas involucradas llegan a 120 mil suscriptores no adjudicados, 70 mil adjudicados y 300 mil integrantes de los planes cerrados. En la línea gratuita 0800- 3333-445 se reciben consultas o quejas de los damnificados.